La sentencia del 11-M desbarata los principales argumentos de la 'teoría de la conspiración'

Actualizado: jueves, 1 noviembre 2007 11:02

MADRID, 1 Nov. (OTR/PRESS) -

En torno a las 13.00 horas de ayer, el presidente del tribunal del 11-M, Javier Gómez Bermúdez, concluía la lectura de la sentencia de los mayores atentados terroristas de la historia de España. En la lectura de las deliberaciones del tribunal, un resumen de 20 páginas de las 600 que componen la sentencia íntegra, fueron cayendo, una a una, las principales argumentaciones de los autores y seguidores de la 'teoría de la conspiración'. La sorpresa la protagonizó la absolución de uno de los considerados 'cerebros' de la masacre, Rabei Osman El Sayed 'Mohamed El Egipcio', así como la condena a Youssef Belhadj y Hassan el Haski por pertenencia a organización terrorista, lo que deja al 11-M sin un solo ideólogo visible.

Poco después de las 11.30, hora a la que comenzó la lectura de la sentencia, el juez Gómez Bermúdez despejaba cualquier duda respecto a la autoría de los atentados. El presidente de la Sala, mencionó, uno por uno, hasta nueve informes -estudiados a petición de la defensa de Jamal Zougam y Basel Ghalyoun- que el tribunal ha tenido a su disposición en torno a la posible participación de ETA en la masacre, entre ellos, informes sobre las relaciones entre presos islamistas o alguno de los acusados con reos etarras, posibles contactos de ETA con organizaciones islamistas, utilización por parte de ETA de la Goma 2 o incluso del empleo de teléfonos móviles por parte de los terroristas vascos.

"Ninguna de estas pruebas sometidas a contradicción en el plenario avala la tesis alternativa de la defensa", señaló Gómez Bermúdez, que despejó los principales argumentos de la 'teoría de la conspiración'. En primer lugar, señaló que no se asume la tesis de que los terroristas que colocaron las bombas en los trenes de cercanías llegaron a Alcalá de Henares en la Kangoo y el Skoda, ya que sólo está acreditado que de la furgoneta bajaron tres individuos y que uno de ellos se dirigió a la estación.

SIN BASE REAL

Sin embargo, esto "no impide llegar a conclusiones similares" y que los objetos encontrados en la Kangoo sean puestos en duda, dada la "escrupulosa" actuación policial en cuanto al traslado de la furgoneta hasta las dependencias policiales de Canillas, cuya cadena de custodia "está plentamente garantizada". Se descarta así, como se ha apuntado en numerosas ocasiones, que 'alguien' colocara en su interior un cartucho de dinamita para encauzar la investigación policial en una dirección determinada. Este argumento "no tiene base real alguna", según el tribunal.

Del mismo modo, la cadena de custodia de la 'mochila de Vallecas' fue "impecable", según la sentencia, que califica de "contradictoria" los argumentos de la defensa en torno a esta prueba, aunque sí se reconoce una "descoordinación" en su traslado, "lógica" si se tienen en cuenta las circunstancias en las que se produjo. En todo caso, su "autenticidad" está garantizada y el explosivo que contenía y que fue desactivado en el Parque Azorín era "el mismo que el empleado en el resto de escenarios", tanto en Leganés, como en las estaciones de El Pozo y Atocha, o el incautado en la Kangoo o en la finca de Chinchón.

Además, la sentencia subraya la "convicción" de que "toda o gran parte" de la dinamita empleada en las explosiones de los trenes de cercanías y "toda la de Leganés" procedían de Mina Conchita y, en cuanto al debate de la marca de los explosivos empleada, el tribunal indica que su desconocimiento "no influye en la responsabilidad jurídico penal de los condenados". En este sentido, la sentencia señala que fue "el absoluto descontrol" de Mina Conchita, junto a "la complicidad" de algunos de sus trabajadores, lo que permitió la extracción de la dinamita, y que la Goma 2 EC "continuaba circulando" en el año 2004.

Por último, también "resultan determinantes los detonadores encontrados" en la furgoneta Kangoo "idénticos" a los de la 'mochila de Vallecas', la casa de Leganés y la finca de Morata de Tajuña, lo que, según el tribunal indica que "no hay duda sobre la conexión entre los escenarios utilizados por la célula" terrorista. La sentencia defiende además, la validez de las autopsias realizadas a los cadáveres de los siete suicidas que murieron el 3 de abril en una vivienda de Leganés. "No hay duda de los sucedido en Leganés", sentenció Gómez Bermúdez, que tachó de "falaces" las teorías que hablan de irregularidades en la autopsia de los suicidas.

CULPABLES Y VÍCTIMAS

A la hora de las condenas, los atentados del 11-M se han quedado sin un ideólogo, de los tres que identificaba la Fiscalía, 'El Egipcio', Belhadj y El Haski. El tribunal condena a El Haski y Belhadj a 15 y 12 años de cárcel, respectivamente, como miembros de una organización terrorista, cuando el Ministerio Fiscal solicitaba para ellos una pena de 38.952 años de prisión para ambos. Quizá más sorprendente es la absolución de 'El Egipcio' -que rompió a llorar de júbilo al conocer la sentencia- por falta de pruebas, ante la fragilidad acusatoria de la conversación telefónica en la que reconocía ser el "hilo del proyecto" del 11-M.

Con todo, de los siete imputados para los que la Fiscalía solicitaba más de 38.000 años de cárcel, sólo tres han sido condenados a penas milenarias. El más relevante, José Emilio Suárez Trashorras, condenado a 34.715 años y 6 meses de prisión como "colaborador necesario" en los atentados. Pese a que en cada uno de los delitos se le ha aplicado una reducción de pena de 5 años por la atenuante de problemas psiquitátricos, el ex minero es el condenado que mayor número de delitos aglutina en su condena, dado que es el único al que se responsabiliza de las consecuencias de la explosión de Leganés. Los otras dos condenas milenarias son para Jamal Zougam (42.922 años) y Otman El Gnanoui (42.924 años).

Entre los absueltos se encuentran Antonio y Carmen Toro, de quienes no se ha podido probar la culpabilidad, pese a que la Fiscalía solicitaba 23 años de prisión por colaboración con organización terrorista, en el caso del primero, y por asociación ilícita y suministro de sustancias explosivas, en el caso de la ex mujer de Trashorras. Además, uno de los confidentes que más polémica creó durante todo el transcurso del juicio, Rafa Zouhier, pasará finalmente 10 años en prisión, por el delito de tráfico de explosivos en colaboración con organización terrorista, librándose de la calificación de 'cooperador necesario' que le otorgaba la Fiscalía.

En cuanto a las víctimas, cada uno de los 1.841 heridos en los atentados serán indemnizados con un mínimo de 30.000 euros y un máximo de 1.500.000 -cantidad reservada para siete personas consideradas grandes lesionados- según informó el tribunal, que especificó que el criterio de reparto "variará en función del grado de las lesiones". De este modo, se establecerá un total de "12 grupos ordenados de menor a mayor en función de la grabedad delas lesiones sufridas", pero se extrae de esta clasificación a una de las víctimas, Laura Vega García, que, al estar en estado vegetativo recibirá una indemnización de un millón de euros y un depósito de 250.000 euros para su tratamiento.

En cuanto a los familiares de las 191 víctimas de los atentados en los trenes, el tribunal dictamina que reciban un indemnización de 900.000 euros, así como la esposa del GEO que murió en Leganés, Francisco Javier Torronteras.