- La fiscalía explica la retirada de los cargos de fraude fiscal por el largo proceso de 15 años
MADRID/BARCELONA, 14 Feb. (OTR/PRESS) -
El empresario catalán Javier de la Rosa ha sido condenado por la Audiencia de Barcelona a tres años de prisión por apropiación indebida de 68 millones de euros de la compañía Gran Tibidabo, hace más de 13 años, una pena dictada a conformidad con el acusado. La sentencia es una victoria parcial para De la Rosa, pues ha sido absuelto del delito de fraude fiscal del que le acusaba la Abogacía del Estado, al considerar que tanto él como sus colaboradores actuaron "en beneficio propio" y contra su sociedad y por el largo proceso de 13 años.
La sentencia declara probado que De la Rosa "pagó parte del precio de la adquisición de las acciones de CNL con los fondos de esta, se apropió indebidamente de una parte de su patrimonio, y falseó las cuentas de CNL para ocultar los desfalcos y poder continuar con el dominio de la sociedad". El tribunal considera también que los condenados se lucraron "abusivamente" con los fondos de Gran Tibidabo. Por todo ello, condena al empresario catalán a tres años de prisión por apropiarse de forma indebida de 68 millones de euros de la empresa Gran Tibidabo, que presidió hasta 1993, confirmándose así el acuerdo al que llegaron todas las partes excepto el abogado del Estado.
El empresario recibía la noticia en el interior de la cárcel de Figueres (Girona), donde ingresó voluntariamente (por lo que pudo escoger centro) el pasado 21 de enero para cumplir una condena relacionada con el 'Caso KIO', por el supuesto desvío de más de 375 millones de euros de al sociedad kuwaití y su filial española, Grupo Torras.
Por la descapitalización fraudulenta de Gran Tibidabo, la Audiencia de Barcelona ha condenado a un año de cárcel a Joan Cruells, director general y luego presidente de la compañía; Florencio Cerdà, ex presidente del Consorcio Nacional del Leasing (CNL)-posteriormente Gran Tibidabo-, y al ex representante de Fitinvest, Ramon Fiter. A los dos primeros, al igual que a De la Rosa, les considera responsables directos de un delito continuado de apropiación indebida, del que Fiter fue cooperador necesario.
Por su parte, Arturo Piñana, vinculado a sociedades de De la Rosa, ha sido condenado a medio año de prisión también por cooperador necesario, mientras que el empresario y ex diplomático Manuel de Prado y Colón de Carvajal ha sido condenado a tres meses de cárcel por apropiación indebida. Aunque la Fiscalía solicitaba para él un año de cárcel, la Salal consideró que esta era una pena "incorrecta" puesto que se le acusaba de delito "básico" de apropiación indebida y no continuado.
La ex administradora de la sociedad Pinyer, Carolina Malagelada, que inicialmente afrontaba cuatro años de cárcel, ha sido absuelta después de que la Fiscalía retirase la acusación porque la causa se dirigió contra ella cuando el delito de apropiación indebida ya había prescrito. Asimismo, la esposa de De la Rosa, Mercedes Misol, había sido exculpada en diciembre, ya que la acusación pública no presentó cargos contra ella.
ATENUANTE DE DILACION INDEBIDA
En el caso de De la Rosa, la Audiencia tiene en cuenta las atenuantes de dilaciones indebidas, ya que el caso provocó la "injustificada" espera de 13 años hasta llegar a juicio, y de reparación parcial del daño, sobre la que el tribunal admite "la entrega por parte de las sociedades patrimoniales controladas por el acusado Javier de la Rosa y sus colaboradores de un volumen relevante de acciones" para compensar la deuda con Gran Tibidabo.
Del delito de fraude fiscal también han quedado absueltos Cruells, Cerdà, Piñana y Malagelada, de los que les acusaba la Abogacía del Estado por el impago de 1,6 millones a Hacienda. La Audiencia considera "innegable" que los acusados no actuaron "para la sociedad CBL, sino en beneficio propio y contra la sociedad", convirtiendo a sus accionistas en "los verdaderos y reales perjudicados". Así, el tribunal ilustró el caso argumentando que "la situación sería la misma que la de haber sufrido la empresa un robo o hurto del dinero de las facturas, en cuyo caso el tratamiento contable y fiscal no es otro que una pérdida deducible".
La sentencia deja abierta la puerta a los perjudicados personados en el proceso para que puedan ejercer acciones civiles y reclamar el dinero que se les debe. En este sentido, uno de los abogados de los 10.500 accionistas perjudicados por la descapitalización de Gran Tibidabo, Xavier Bruna, se mostró optimista tras conocer la absolución de delito fiscal, puesto que les permitirá reclamar por la vía civil los capitales que perdieron, que ascienden a 150 millones de euros, según lo que reclaman los afectados. Bruna argumentó que la Agencia Tributaria representaba al 80% de los acreedores si la sentencia ratifica que se produjo fraude fiscal en Gran Tibidabo.