La UE aprueba definitivamente el acuerdo con EEUU de transferencia de los datos de los pasajeros aéreos

Actualizado: lunes, 23 julio 2007 14:27

BRUSELAS, 23 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros de Exteriores de la Unión Europea aprobó hoy sin discusión definitivamente el acuerdo con Estados Unidos sobre la transferencia de datos de pasajeros aéreos en el marco de la lucha contra el terrorismo que, en la práctica, permitirá a las autoridades norteamericanas retener durante 15 años un total de 19 registros personales de quienes viajen a Estados Unidos.

El acuerdo tendrá una duración de siete años y pone fin a la incertidumbre jurídica que planeó sobre las compañías aéreas cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea consideró ilegal el anterior marco normativo, firmado por la UE y Estados Unidos en 2004, después de los cambios legislativos que Washington acometió tras el 11-S.

En la actualidad, las compañías aéreas ya están obligadas a proporcionar quince minutos después del despegue del avión 34 registros acerca de sus pasajeros. Ahora se reducen a 19 pero en la práctica pueden ser bastantes más. Entre ellos figura desde el nombre del pasajero hasta la fecha de reserva del billete y la del viaje, si posee tarjeta de viajero frecuente, la agencia de viajes, número de asiento en el avión o información sobre si lleva o no equipaje.

El texto especifica que, en el caso de que los datos "sensibles" --es decir, los que revelen origen étnico o racial, opinión política, creencias religiosas o filosóficas, afiliación a sindicatos e información sobre la salud o a la vida sexual del individuo-- estén incluidos en esas diecinueve referencias que tienen que dar las compañías, el Departamento de Seguridad pondrá en marcha un sistema automático de filtrado y no usará esa información.

Quienes dudan de una adecuada protección de los datos personales temen que Estados Unidos acceda a los registros sensibles indirectamente, como puede ocurrir cuando el pasajero elige un menú concreto (vegetariano, cosher, etc) pero fuentes comunitarias aseguran que las autoridades norteamericanas sólo usarían esa información si fuera pertinente en el marco concreto de una investigación.

Además, a menos que se trate de un caso "excepcional", esos datos se borrarán. En todo caso, si fuera necesario porque la vida de un pasajero o de otras personas corre peligro o daño, las autoridades norteamericanas podrían solicitar más datos, incluyendo los sensibles.

Si fuera así, Washington restringiría el acceso y borraría la información transcurridos 30 días a partir del momento en que se usó y siempre que no fuera necesario mantenerla por exigencias legales. EEUU comunicará a la Comisión Europea en un plazo de 48 horas que se ha accedido a ese tipo de datos.

Los norteamericanos retendrán la información proporcionada por las aerolíneas en una base de datos activa durante siete años y luego pueden pasar a considerase datos 'durmientes' durante ocho, periodo durante el cual sólo podrán utilizarse con autorización de un alto funcionario del Departamento de Seguridad y en caso de "riesgo o amenaza" identificable. Al final de este periodo de 15 años, se podrán borrar.

Los elementos relacionados con una investigación concreta permanecerán en la bases de datos hasta que el caso en cuestión se archive. Las autoridades norteamericanas revisarán en colaboración con la UE los efectos de estas reglas en las investigaciones llevadas a cabo en los próximos siete años.

Otra novedad es que las autoridades norteamericanas no podrán acceder directamente a los sistemas informáticos de las aerolíneas sino que tendrán que pedir los datos. No obstante, se amplía a todo el Departamento de Seguridad Interior de Estados Unidos y no sólo a las Oficinas de Aduanas, el acceso a los mismos.

En circunstancias normales los datos estarán en Estados Unidos 72 horas de la hora prevista para el despegue del aparato y a partir de ese momento podrían ir actualizándose si fuera necesario para garantizar la exactitud de los mismos.

Estados Unidos ha cedido finalmente a la petición europea de que las autoridades policiales o judiciales de los Estados miembros afectados, y organismos como Europol y Eurojust, tengan acceso a los informes basados en los datos retenidos por las autoridades norteamericanas.

DERECHOS FUNDAMENTALES

En el acuerdo se incluye una parte declarativa en la que se deja claro el objetivo común de "prevenir y combatir" el terrorismo y el crimen trasnacional para proteger las respectivas sociedades democráticas y los valores comunes a ambos lados del Atlántico; se reconoce que compartir información es "un componente esencial" en la lucha contra el terrorismo y que, en ese contexto, el uso de los datos personales de los pasajeros es una "herramienta importante".

Además, se resalta la importancia de combatir el terrorismo respetando al mismo tiempo los derechos fundamentales, especialmente el derecho a la intimidad. De igual forma, se indica que la legislación de Estados Unidos y de la UE en esta materia comparte "las mismas bases comunes" y que las diferencias en la aplicación de esos principios "no debe suponer un obstáculo para la cooperación" entre Washington y Bruselas.