MADRID, 6 Jun. (EUROPA PRESS) -
El juez Central de Vigilancia Penitenciaria, José Luis Castro, declaró esta tarde en una resolución que la decisión adoptada por Instituciones Penitenciarias de trasladar al preso de ETA José Ignacio de Juana Chaos a la cárcel de Aranjuez (Madrid) se ajusta al auto emitido el pasado día 1 de marzo por el que se le declaró en segundo grado penitenciario aunque con un cumplimiento acorde a sus circunstancias, según prevé el artículo 100.2 de la Ley de Reglamento Penitenciario.
La Dirección General de Instituciones Penitenciarias considera que ha "desaparecido el riesgo vital", aunque sigue padeciendo secuelas a consecuencia de la prolongada huelga de hambre que mantuvo, por lo que el centro penitenciario de Aranjuez es adecuado para seguir desarrollando el programa médico prescrito.
El fiscal de la Audiencia Nacional informó esta mañana al juez a favor del traslado de De Juana a la enfermería de la prisión que se considere oportuna (finalmente la de Aranjuez -Madrid-) y de que se adopten las medidas oportunas para evitar que su salud empeore, informaron a Europa Press fuentes fiscales.
El informe fiscal se muestra a favor que De Juana sea trasladado a la enfermería del centro penitenciario, ya que el preso ha sido dado de alta hospitalaria, pero no médica.
Asimismo, la Fiscalía es favorable de que en el caso de que circunstancias futuras pongan en peligro la integridad física de De Juana se adopten las medidas necesarias para evitar un empeoramiento de su salud. Es decir, que si el preso de ETA decide reiniciar una huelga de hambre, el fiscal estaría a favor de su alimentación forzosa.