Juez no ve delito en la habilitación de camino y aparcamiento de la Cala San Pedro y dicta archivo

Acceso Rodado A La Cala De San Pedro, Níjar (Almería)
EUROPA PRESS/REMITIDO
Actualizado: jueves, 2 julio 2015 1:30

ALMERÍA 22 Oct. (EUROPA PRESS) -

La jueza instructora de la causa abierta por el aparcamiento habilitado en la Cala San Pedro, en el parque natural de Cabo de Gata-Níjar (Almería), ha acordado el archivo al considerar que la actuación se limitó a "compactar el firme y a retirar las piedras" en un camino y una explanada "ya existentes", y que no afectaron a la "biodiversidad del paraje".

El auto del Juzgado de Instrucción 5 de Almería, consultado por Europa Press, dicta el sobreseimiento para el propietario del Castillo de San Pedro, única persona que estaba imputado por presuntos delitos contra la ordenación del territorio y contra el Medio Ambiente tras llegar a la conclusión de que "no concurren indicios racionales suficientes de haberse perpetrado el tipo penal".

En su resolución, la magistrada, que se aviene a lo informado por el Ministerio Fiscal, indica que, si bien "es cierto" que la zona afectada se "reputa de especial protección", no hay indicios de que el imputado procediera a realizar una construcción o edificación "propiamente dicha" y alude a un informe del Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil en el que se hace constar que "el camino y la explanada existían con anterioridad, limitándose el imputado a compactar firme y retirar piedras".

Señala que, aunque se llevó a cabo en abril de 2012 y obra en la causa un informe de la Consejería de Medio Ambiente que apunta que la actuación en 2,2 kilómetros de camino, y 1.000 metros cuadrados de aparcamiento "pudo suponer pequeños desmontes puntuales para obtener árido", esta cuenta "en la actualidad" con una licencia municipal de obra para el acondicionamiento de la zona "si bien de fecha 2013".

En esta línea, asegura que, a esta circunstancia, hay que tener en cuenta un informe pericial de daños medioambientales en el que se recoge que las obras ejecutadas en el paraje de la Cala San Pedro "están destinadas a mejorar el mantenimiento de la misma, siendo de limpieza de piedras, acopiándolas en los márgenes, asentamiento y nivelación del terreno".

Con respecto al presunto delito contra el medio ambiente, la jueza Almudena Marina Navarro concluye, a la vista de lo anterior, que no se afectó a la "biodiversidad del paraje".

Cabe recordar que la Audiencia Provincial de Almería ordenó hace un año al juzgado instructor, tras un primer archivo, la reapertura y la práctica de diligencias que incluían la citación a declarar como imputado del propietario, recabar informe por parte del Ayuntamiento de Níjar y practicar un informe pericial de tasación de daños medioambientales.

En su declaración en sede judicial, trasladó que la titularidad del camino pasó a titularidad municipal en octubre de 2013 y aportó la licencia otorgada para limpieza y acondicionamiento de la pista de rodadura existente en el Paraje Cerro Negro y Rocardillo de Las Negras "condicionada al cumplimiento de una serie de requisitos que se especifican en la misma y sin perjuicio de procedimientos sancionadores administrativos que se encontrasen pendientes".

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