Tribunales.-Fiscal retira petición de demolición para cinco casas de británicos en Oria por nuevo Código Penal

Algunos de los británicos afectados junto a portavoces de AUAN, en los juzgados
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 2 octubre 2015 14:41

El juicio contra dos constructores por delitos contra la ordenación del territorio se salda con un acuerdo

ALMERÍA, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

Las cinco viviendas unifamiliares propiedad de ciudadanos británicos jubilados en Oria (Almería) sobre los que pesaba amenaza de demolición no serán finalmente derribadas después de que el Ministerio Fiscal haya decidido retirar su petición teniendo en cuenta la reciente doctrina con respecto a edificaciones irregulares adquiridas por terceros de buena fe y las directrices del nuevo Código Penal.

Esta modificación del escrito de acusación del Ministerio Público y la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas para reducir la pena de cárcel y multa que se pedía para los dos constructores-promotores de los inmuebles ha propiciado una conformidad de la partes de forma previa al acto de juicio que debía celebrarse en el Juzgado de lo Penal 2 de Almería por delitos contra la ordenación del territorio.

El letrado de una de las acusaciones particulares, ejercida por un matrimonio octogenario de origen británico, y asesor jurídico de la Asociación Abusos Urbanísticos Almanzora-NO (AUAN), que agrupa a ciudadanos extranjeros dueños de viviendas fuera de ordenación, Gerardo Vázquez, ha señalado la "importancia" de la decisión adoptada y ha trasladado que espera que, en casos similares aún pendientes de juicio, "se siga en esta vía para ir resolviendo poco a poco el problema para beneficio de todos".

En declaraciones a Europa Press, Vázquez, uno de los principales promotores de la enmienda al proyecto de Código Penal que ha permitido condicionar la demolición de viviendas ilegales a la indemnización efectiva a los compradores de buena fe, ha trasladado el agradecimiento de los afectados a la "sensibilidad mostrada por la administración" que ha "fomentado" el cambio en el Código Penal "que ayuda mucho a terceros de buena fe".

"Cada caso requiere una interpretación propia de los hechos pero, en este caso, ha pesado mucho que los perjudicados es gente de avanzada edad, y con esa vivienda como único hogar, lo que convierte en materialmente injusto el derribo", ha concluido.

En la misma línea se ha pronunciado el abogado defensor de uno de los promotores enjuiciados, Julián Cazorla, quien ha expresado su convencimiento de que la actuación de este viernes "debería constituir una nueva línea a seguir, que abra la puerta a una solución y, sobre todo, termine con la incertidumbre de extranjeros que, realmente, son víctimas".

En concreto, ha hecho referencia a que su patrocinado, quien se ha conformado con una pena de tres meses de prisión que ha quedado suspendida y multa de 720 euros, en realidad "es una de esas víctimas". "Es un ciudadano inglés de avanzada edad que autopromovió su vivienda en la creencia de que todo era conforme a la legislación", ha apuntillado.

Los cinco afectados por esta causa han estado arropados en la Ciudad de la Justicia por compañeros de la AUAN, con su presidenta y concejal independiente en Albox, Maura Hillen, a la cabeza, y por el matrimonio formado por Helen y Leonard John Prior, cuya vivienda fue demolida en 2009 por orden judicial al declararse nula la licencia de obras concedida por el Ayuntamiento de Vera.

Pese a que recibieron el amparo del Tribunal Constitucional, residen actualmente en un garaje y no han sido indemnizados después de que un juzgado en primera instancia rechazase fallar a su favor en el procedimiento por el que solicitaban al Consistorio de Vera 740.000 euros.

En términos jurídicos, el acusado de nacionalidad española y de profesión promotor, ha aceptado, además de la pena de multa, siete meses de prisión y otros tanto de inhabilitación especial para empleo u oficio relacionado con la construcción. Inicialmente, el fiscal interesaba para él la imposición de una pena de dos años de cárcel y multa de 24 meses a razón de 30 euros al día, además de inhabilitación especial para profesión u oficio relacionado con la construcción por un periodo de 24 meses. Por su parte, el otro encausado se enfrentaba a 15 meses de cárcel y multa de 18 meses a razón de 30 euros al día.

D.R.G., promotor y constructor, edificó entre los años 2003 y 2004 en el paraje conocido como la Rambla de Oria cuatro casas unifamiliares "sin la correspondiente licencia municipal y en suelo no urbanizable" y celebró contratos privados de compraventa con el fin de enajenar a terceras personas tres de las cuatro casas.

En el caso de A.A.R., como promotor, edificó "sin licencia municipal y en fecha posterior a septiembre de 2004" una vivienda unifamiliar en el mismo paraje y sobre suelo también "no urbanizable" al tiempo que celebró contrato de compraventa para enajenarla a un tercero.

En esta misma causa, el juez instructor dictó el sobreseimiento provisional por la construcción de otras tres viviendas en el mismo paraje ya que se levantaron al menos tres años antes de que se incoará el procedimiento penal y no poder quedar acreditado que en ese plazo se realizasen trabajos de edificación.

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