BAEZA (JAÉN), 8 (EUROPA PRESS)
La doctora en Derecho por la Universidad de Valladolid y Catedrática de Derecho Penal, Mercedes Alonso Álamo, ha considerado este martes innecesaria la prisión permanente revisable porque "vulnera los principios básicos de humanidad y dignidad de las personas". Asimismo, ha criticado el argumento que invocan algunos a la hora de defenderla, una razón basada en el derecho comparado que, asegura, es incompleta e insuficiente.
Esto es así porque los defensores de esta pena se apoyan en la reclusión perpetua que países como Alemania, Francia o Italia aplican en su jurisdicción, según ha puntualizado. No obstante, ha advertido de que el argumento es confuso porque "esos países tienen mecanismos que permiten una salida en libertad más temprana que en la legislación española", por lo que en el fondo se trata de "controlar durante un tiempo mayor a los delincuentes, más allá de la rehabilitación de los mismos".
Mercedes Alonso ha participado este martes como ponente en el curso 'El Código Penal reformado a debate', seminario que dirige el profesor de la Universidad de Granada, Lorenzo Morillas Cuevas, y organiza la Universidad Internacional de Andalucía (UNIA) en el campus Antonio Machado de Baeza (Jaén). La catedrática ha abordado los delitos contra la vida y aquellos relacionados con la trata de personas.
En cuanto a la reforma, se ha mostrado muy crítica porque "se transforma radicalmente el sistema del homicidio y el asesinato con el que se puede imponer la prisión permanente revisable", según sus palabras.
Bajo su punto de vista, la prisión permanente es una pena cuestionable, puesto que "la regulación dará problemas complejos e interpretativos de muy difícil solución". Además, ha recalcado que las vías con las que contaba el sistema eran suficientes, ya que se podía imponer una pena de larga duración en casos de hechos más graves. La reforma tiene, por tanto, "un fuerte componente de derecho penal simbólico", es decir, la idea es que la sociedad perciba que se reacciona duramente frente a determinados comportamientos, tal y como ha aclarado.
Por otro lado, también ha analizado el delito de trata de seres humanos, que se introdujo en 2010 en el Código Penal. La reforma de 2015 le afecta parcialmente con reformas técnicas, a su criterio, donde se contempla la trata de seres humanos con la finalidad de llevar a cabo matrimonios forzados.