Una orden de la Junta impide a los Agentes de Medio Ambiente presentar denuncias en el Registro General

Actualizado: miércoles, 15 septiembre 2010 19:48

Agentes de Medio Ambiente advierten de que, al no existir constancia por escrito, las denuncias pueden "traspapelarse" sin que se sepa

Fiscalía General del Estado advierte que "no debe haber órganos intermedios entre la policía judicial y autoridad judicial o fiscal"

SEVILLA, 15 Sep. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía ha emitido una orden a través de sus respectivas delegaciones provinciales por las que "destierra" la práctica de presentar las denuncias sobre posibles delitos medioambientales en el Registro General, estableciendo que se deriven a los departamentos técnicos correspondientes bajo la supervisión de los Jefes de Servicio de Gestión del Medio Natural.

De este modo, en la orden emitida concretamente por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Sevilla en 2003 -- año desde el que está vigente esta disposición--, la entonces delegada, Rosario Pintos Martín, determina que las denuncias formuladas por Agentes de Medio Ambiente "serán presentadas en los servicios técnicos correspondientes, a fin de su análisis por los departamentos respectivos, desterrando la práctica de presentarlas directamente en el Registro General de la Delegación".

En dicha orden, a la que tuvo acceso Europa Press, la delegada considera "innecesario" presentar las denuncias en el Registro General y establece su tramitación por los departamentos técnicos respectivos, los cuales, además, deben de realizar una "selección de las denuncias después de analizarlas, descartando aquellas de las que no se desprenda infracción de conformidad con la normativa especializada".

Asimismo, dispone que también serán estos departamentos los que han de determinar las "prioridades e importancia de las supuestas infracciones, elevando la correspondiente propuesta al Jefe de Servicio, quien valorará la oportunidad y necesidad de solicitar la adopción de medidas provisionales".

Tal y como establece la delegada, las Jefaturas de Servicio de Gestión del Medio Natural y Protección Ambiental "remitirán las denuncias tras el periodo de análisis indicado junto a, siempre que se estime necesario, un informe técnico sobre los hechos a la Sección de Informes y Sanciones de la Secretaría General".

La emisión de esta orden ha despertado la protesta de los Agentes de Medio Ambiente de Andalucía, al considerar que esta disposición "bloquea" la obligación que tiene este Cuerpo de denunciar la comisión de posibles delitos medioambientales.

Según ha explicado a Europa Press el presidente de la Asociación de Agentes de Medio Ambiente de Andalucía, Antonio González, el hecho de no dar entrada oficial a una denuncia en el Registro General y tener que hacerlo "por la puerta de atrás", provoca que "cuando una denuncia determinada no aparezca, no se pueda demostrar, por ejemplo, que fue la Administración la que la traspapeló de manera interna".

De este modo, ha señalado, "al final, el propio delegado provincial puede negar la mayor y afirmar que la denuncia no se presentó, pasando la responsabilidad administrativa y/o penal al agente 'negligente' que no denunció". Además, ha lamentado, "impide que se pueda guardar el orden riguroso de incoación de la denuncia".

"Esta disposición nos coloca en una situación de indefensión legal absoluta. Necesitamos el respaldo jurídico que supone que una denuncia conste en un registro oficial para poder desentendernos de responsabilidades si durante su tramitación el informe se pierde, caduca o sufre algún otro contratiempo", ha dicho.

Tal y como ha desvelado González, a esta prohibición, expresada de forma verbal en todas las provincias y por escrito en Sevilla y Huelva, se añade que "tampoco se permite consultar el estado del expediente sancionador".

Asimismo, González ha criticado que la orden disponga que la tramitación de las denuncias se lleve a cabo a través de los departamentos técnicos respectivos y no desde la Sección de Informes y Sanciones de la Secretaría General, y que éstos hagan una "selección de las denuncias descartando aquellas de la que no se desprenda infracción", potestad de la Sección de Informes y Sanciones.

"De este modo, nos encontramos con que los departamentos técnicos pueden decidir que denuncias serán instruidas y no sin tener que ponerlo en conocimiento de la Sección de Informes y Sanciones de la Secretaría General", apunta, recriminando, además, que los departamentos pueden establecer "prioridades entre las supuestas infracciones, como si existieran prioridades para cumplir la ley".

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA

Incluso van más allá los Agentes de Medio Ambiente y reivindican que Administración ambiental "no puede convertirse en un filtro u obstáculo" para que este Cuerpo pueda ejercer sus funciones como policía judicial, tal y como ha dejado sentado la Fiscalía General del Estado.

Así, la Fiscalía ha clarificado en una resolución emitida en respuesta a las cuestiones planteadas por la asociación sobre el papel del Cuerpo de los Agentes de Medio Ambiente como policía judicial genérica, que "no debe haber órganos intermedios entre la policía judicial encargada de la investigación e un delito y la autoridad judicial o fiscal".

El texto de la resolución recoge que "inmediatamente que los funcionarios de policía judicial tuvieran conocimiento de un delito público lo participarán a la autoridad judicial o al representante del Ministerio Fiscal".

En este sentido, el presidente de los Agentes de Medio Ambiente de Andalucía ha lamentado que la Administración ambiental "se ha convertido en un filtro de nuestras actuaciones como policía judicial a la hora de investigar delitos ecológicos, pues en ella mueren un gran número de las causas que denunciamos, cuando nuestra obligación legal, tal y como revela la Fiscalía es sólo para con la autoridad judicial y la Fiscalía, no con la Administración".