SEVILLA 23 May. (EUROPA PRESS) -
La Federación Andaluza de Entidades Locales Municipales (FAEM) ha valorado este viernes, por un lado, la interpretación favorable a sus tesis por parte del Gobierno central en cuanto a la irretroactividad de la reforma local y, por otro, el decreto ley de la Junta que persigue "blindar" las competencias locales frente a la norma estatal en tanto el Tribunal Constitucional dirime si es o no constitucional.
En un comunicado, el presidente de FAEM, Antonio Martín, ha manifestado que el decreto de la Junta es muy importante para las entidades locales, "porque salvaguarda los derechos de aquellos pueblos andaluces con expedientes de segregación pendientes de resolución antes de finales de 2013, con respecto al límite de población para posibilitar esta segregación, que la nueva ley establece en 5.000 habitantes".
Ha indicado que algunos órganos de las administraciones Públicas y consejos consultivos de comunidades autónomas "habían considerado que el derecho de estas entidades decaía con la entrada en vigor de la Ley que actuaba de manera retroactiva".
Ha señalado que la FAEM ya elaboró un informe en el que se ponía de manifiesto que el Consejo Consultivo de Andalucía "se equivocaba al pronunciarse denegando la segregación de Carchuna-Calahonda por no cumplir ese límite de población que establecía la reforma local, a pesar de que el expediente de este caso databa de 2010".
Desde la FAEM se han mostrado muy satisfecho por la decisión del Gobierno sobre la irretroactividad, dado que "esta situación es extrapolable a todas las entidades locales del país".
La federación ha considerado que se trata de "una doble victoria" para las entidades locales que pretenden convertirse en municipios porque, por un lado, desde Andalucía se salvaguarda la autonomía local y, por otro, desde Madrid, se reconoce la irretroactividad de la Ley y, en ese sentido, el derecho de las entidades locales que ya tenían sus expedientes de segregación en marcha antes del 31 de diciembre de 2013.
Ha advertido de que, de aplicarse la ley estatal con carácter retroactivo, se hubiesen denegado todos los expedientes, dado que ninguno de los pueblos tiene más de 5.000 habitantes.