SEVILLA 28 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Parlamento andaluz aprobó hoy por unanimidad la toma en consideración de una proposición de Ley del PSOE relativa a medidas para la asistencia y atención a las víctimas del terrorismo en la comunidad, mientras que el grupo socialista rechazó la que planteó el PP sobre la misma materia y que ya contó hace unos días con el criterio contrario del Gobierno. IULV-CA apoyó la ley del PSOE, mientras que se abstuvo en la del PP.
La portavoz de Justicia del PSOE, Pilar Navarro, indicó que la Ley presentada por su partido no es el texto del grupo socialista, sino de las víctimas, ya que ha sido consensuado con las distintas asociaciones, cuyos representantes siguieron el debate en la Cámara. Manifestó que la sociedad y las instituciones andaluzas tienen el deber moral y jurídico de reconocer públicamente a las víctimas de tales actos, de velar por su protección y bienestar, y de asistirlas en aquellas necesidades que hayan podido verse agravadas por los mismos. Señaló que las víctimas del terrorismo no merecen que haya enfrentamiento entre los partidos en esta materia y calificó de "infantil" que el PP recurra al debate de si él planteó antes que el PSOE una ley.
Dijo que esta norma llega en el momento más oportuno y que es la más completa y avanzada de todos los países de nuestro entorno. A su juicio, con esta Ley se trata, en definitiva, de reparar a los afectados por actos terroristas, plasmando la solidaridad del pueblo andaluz con las víctimas del terrorismo, siendo obligación de la sociedad andaluza y de los poderes públicos el favorecer a las mismas mediante la reparación y superación de las dificultades originadas por los actos terroristas.
La Ley presentada por el PSOE consta de seis capítulos, 28 artículos, tres disposiciones adicionales, una transitoria y dos finales. El Capítulo I establece las disposiciones de carácter general tales como, el objeto, clases de medidas, beneficiarios, requisitos para la concesión de las ayudas, naturaleza de las medidas y organización y principios del procedimiento. En el Capítulo II se regulan las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, así como las reparaciones por daños materiales e indemnizaciones por situación de dependencia.
En el Capítulo III se describen las prestaciones asistenciales de la Administración de la comunidad en el ejercicio de las materias que le son propias en los ámbitos sanitario, psicológico, psicosocial, psicopedagógico, educativo, de empleo y de vivienda. El Capítulo IV se refiere al reconocimiento de honores y distinciones por la comunidad a las víctimas del terrorismo y a las instituciones o entidades que se hayan distinguido por su lucha y sacrificio contra el mismo. El Capítulo V se ocupa de la regulación de las medidas a implementar en materia de empleo público. Por último, el Capítulo VI prevé la concesión de subvenciones a las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro cuyo objeto principal sea la representación y defensa de los intereses de las víctimas y afectados.
LEY DEL PP
Por su parte, el portavoz en materia de Justicia del PP, Carlos Rojas, empezó expresando que el Gobierno debería ser "menos sectario", ya que hace unos meses dijo no a la ley que presentó el PP por considerar que no era oportuna y, en cambio, ahora sí respalda la del grupo socialista, que ha "copiado la práctica totalidad" de párrafos de la iniciativa que en su día planteó el grupo popular, que es la cuarta vez que trae una ley sobre este asunto a la Cámara. Señaló que hay dos formas de ver la política, la del PSOE, "miedosa, pusilánime y tardía, que nunca quiere lo que venga de otros", y la del PP, "valiente, atrevida y clara desde el principio, y dispuesta al pacto".
Según Rojas, la aprobación de la ley del PP, o cualquier otra cuyo objetivo fuese rendir honor y reconocimiento a las víctimas del terrorismo, a la vez que ofrecerles una cobertura asistencial integral como consecuencia de una acción terrorista, debía haber sido desde hace tiempo una realidad por cuanto el deber moral y jurídico que debe presidir la acción de los poderes públicos en Andalucía, si bien lamentó que se hayan perdido cinco años porque el Gobierno andaluz no ha adoptado la iniciativa. Señaló que esta Ley quiere ser expresión del mandato estatutario, de respeto y gratitud del pueblo andaluz y de sus poderes públicos a las víctimas de los actos terroristas, una contribución a la reparación moral y material de la injusticia ocasionada, una justa compensación al dolor y el daño padecido.
Agregó que también es testimonio de solidaridad, segura respuesta a la demanda social de mantener vivo el recuerdo y el legado de las víctimas y de regular específicamente las prestaciones asistenciales de las que las víctimas se han hecho acreedoras. La Ley del PP consta de cinco capítulos (25 artículos), de dos disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria y una final.
En el capítulo primero se establece el régimen general y, a lo largo de su articulado se regulan las disposiciones generales, tipos de asistencia y requisitos para su concesión. La Ley extiende su actuación a las víctimas y afectados, así como a las asociaciones con el objetivo de la defensa y representación de los intereses de las víctimas del terrorismo. En este capítulo se establece un procedimiento ágil y rápido de aplicación de la Ley, determina una mejora considerable en la cobertura existente e incluye una cláusula de elevación.
En el capítulo segundo, la Ley establece las indemnizaciones por daños físicos o psíquicos, así como la reparación por daños materiales. El capítulo tercero recoge acciones asistenciales de amplia cobertura sanitaria, psicológica, tanto inmediata como el tratamiento de las secuelas posteriores al atentado, psicopedagógica, en el ámbito de la enseñanza, del empleo, la empresa, la función pública y la vivienda.
El texto dedica especial atención a los menores en los que el terrorismo deja graves secuelas y prevé la puesta a disposición de las víctimas de personal especializado para en su atención por medio de cursos específicos promovidos por la propia Administración. En el capítulo cuarto se regulan las subvenciones a las asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones que defiendan los valores de la convivencia social sin terrorismo y que representen y defiendan los intereses de las víctimas y afectados incluidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley.
En el capítulo quinto se establece un reconocimiento de la sociedad andaluza a dichas víctimas mediante la creación de distinciones honoríficas por parte de la Comunidad Autónoma. Las disposiciones adicionales disponen aspectos relacionados con el desarrollo reglamentario y el régimen financiero.
Finalmente, la disposición transitoria recoge un régimen de retroactividad de la Ley para que puedan beneficiarse de su regulación las personas que hubieran sido víctimas de acciones terroristas con anterioridad a la entrada en vigor de la misma, siempre que los actos o hechos causantes hayan acaecido entre el 1 de enero de 1968 y la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
El portavoz de IULV-CA, Diego Valderas, abogó por elaborar una ley que sea fruto del consenso entre todas las fuerzas políticas, que deben "superar los posibles desencuentros meramente partidistas o electorales" ante una materia tan sensible como esta. Calificó de "chocante" que el Gobierno dijera hace un año que no le parecía oportuna la ley que planteó el PP y ahora diga que sí a la del grupo socialista y vuelva a reiterar el no a la del grupo popular. Valderas insistió en defender que lo más oportuno hubiera sido constituir un grupo de trabajo del que saliera un proyecto de ley totalmente consensuado.