SEVILLA 23 Sep. (EUROPA PRESS) -
La mujer que denunció al juez de Familia de Sevilla Francisco Serrano por modificar el turno de custodia de su hijo de 11 años establecido por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 4, ampliando en día y medio su estancia con el padre divorciado al objeto de garantizar su salida como paje en una cofradía de la 'Madrugá', ha solicitado la recusación de dos de los magistrados que juzgarán el próximo mes de octubre al juez, entre ellos el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río.
En el escrito presentado este mismo viernes ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJA, al que ha tenido acceso Europa Press, la acusación particular que ejerce el letrado Iñigo Moreno Lara esgrime varias causas para recusar al presidente del Alto Tribunal andaluz, y cita en primer lugar que éste "ha trabajado y trabaja profesionalmente" para el hermano de Joaquín Moeckel, "letrado del juez Serrano y, simultáneamente, abogado del padre del niño y citado a declarar como testigo" ante el propio Lorenzo del Río.
De este modo, argumenta que el presidente del TSJA figura como profesor en Icide, "compartiendo claustro" con el juez Serrano; Joaquín Moeckel; su hermano; el presidente de la Audiencia Provincial de Sevilla, Manuel Damián Álvarez, y Miguel García Diéguez, letrado en esta causa del propio juez Serrano, para quien la Fiscalía pide diez años de inhabilitación y el pago de una multa de 5.400 euros.
Por todo lo anterior, la acusación particular considera que Lorenzo del Río "debe ser recusado" para enjuiciar al magistrado sevillano, ya que "de otro modo estaría, por ejemplo, dirigiendo los interrogatorios hacia sus compañeros y amigos de Icide y estaría oyendo al letrado de la defensa, también compañero y amigo de Icide".
FORMACIÓN DE UN CRITERIO PREVIO
También esgrime que el presidente del TSJA "ya ha intervenido en la causa como presidente de la Sala de Gobierno, formándose presuntamente criterio y habiendo tomado una decisión gravísima contra la tutela judicial efectiva de la acusación particular", ya que el recusado "confirmó la multa que el acusado" impuso al abogado de la acusación particular "por el simple hecho de acusarle", una multa que le fue comunicada el 20 de diciembre de 2010, "a la misma hora en que comenzaba el interrogatorio del imputado".
A su juicio, esto es algo "extraordinario" en Derecho, pues "el acusado pudo imponer una multa fortísima --3.000 euros-- al abogado que le acusaba y el presidente del TSJA lo encontró ajustado a Derecho", lo que explica la causa de recusación, "ya que de otro modo podría eventualmente silenciar la libertad de expresión de la acusación particular, dañando el derecho de la denunciante a la tutela judicial efectiva". Lorenzo del Río "no debe intervenir" en el actual procedimiento, puesto "que ya ha tomado postura, ciertamente irregular, a favor de su compañero magistrado y colega docente en Icide".
El letrado Iñigo Moreno también pide recusar al magistrado Jerónimo Garvín Ojeda, quien "formó opinión y resolvió a favor del acusado, exonerándole del intento de silenciar a quien le acusaba multando al letrado de la acusación particular", y recuerda que el auto de archivo decretado por Garvín Ojeda en el asunto de la multa "vulneró frontalmente la doctrina del TS y del TC sobre la libertad de expresión de los letrados en ejercicio de sus funciones y su íntima relación con la tutela judicial efectiva de sus clientes".
EL JUICIO, A PARTIR DEL 3 DE OCTUBRE
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) tiene previsto juzgar entre los próximos días 3 y 5 de octubre al juez Francisco Serrano por un presunto delito de prevaricación, en una vista oral en la que la acusación particular pedirá para el imputado 20 años de inhabilitación y 14.400 euros de multa, así como el pago de una indemnización de 60.000 euros a la madre; de 100.000 euros al menor, y de 12.000 euros al otro hijo menor de la querellante.
El juicio contra el juez Serrano se celebrará a pesar de que la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Sevilla dictó un auto en el cual desestimó el recurso de apelación presentado por la Fiscalía y la impugnación formulada por la representación procesal de la madre del menor, al entender que la decisión del juez Serrano se apoyó "en razones de urgencia y necesidad", por lo que "su competencia difícilmente puede ser cuestionada".