SEVILLA, 9 Jun. (EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha respaldado con una nueva sentencia, a recurso del sindicato USO, el mantenimiento de las unidades concertadas que la Junta andaluza resolvió eliminar a partir del curso académico 2013-2014 en los centros católicos Calasancio Hispalense de Dos Hermanas (Sevilla), San Juan Bosco de Morón de la Frontera (Sevilla) y San Francisco Solano de Montilla (Córdoba).
Después de otros fallos a raíz de recursos interpuestos por patronales o padres de alumnos, este fallo, según han indicado a Europa Press fuentes del sindicato USO, refuerza así las medidas cautelares otorgadas en primera instancia en 2013, ya que otorga "estabilidad" para los próximos años en tanto que se garantiza que el asunto se sustanciará definitivamente en el Tribunal Supremo, en otras causas.
La sentencia, por lo demás, establece sobre los centros, tras confirmar la legitimidad de la central sindical para ejercer la acción, la misma resolución que ya se ha desarrollado con motivo de otros recursos, y que supone rechazar la argumentación del Ejecutivo autonómico de que la renovación íntegra del concierto no cumple con el requisito de satisfacer necesidades de escolarización, apelando asimismo al descenso demográfico.
Así, en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se anulan nuevamente, por considerarlas no ajustadas a derecho, las órdenes de 27 de marzo de la Consejería de Educación por las que se resolvían las solicitudes de renovación del concierto educativo de esos centros docentes.
USO se ha congratulado de este nuevo "éxito" en la vía judicial, "que se suma a otros conseguidos anteriormente", y sostiene que desde la Federación de Enseñanza se seguirá "luchando por los trabajadores de la enseñanza concertada".
Recientemente, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo emitía otras tres sentencias concernientes a centros educativos de enseñanza concertada titularidad de confesiones religiosas --dos de ellas coincidentes con las de ahora, correspondientes a los centros de Morón y Montilla--, en una de las cuales (Morón) da la razón al colegio al considerar que no está justificada la supresión de una unidad de un centro concertado por parte de la administración cuando ésta tiene un número suficiente de alumnos.