SEVILLA 3 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) ha presentado una denuncia ante el Juzgado de Instrucción número 15 de Sevilla por posibles delitos de 'mobbing' o acoso laboral y contra los derechos de los trabajadores, tras lo que ha precisado que las afectadas son dos funcionarias de carrera adscritas al Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial en Sevilla de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales de la Junta de Andalucía.
Según indica el SAF en una nota, la denuncia va dirigida contra la delegada territorial, el secretario general y la jefa de servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial en Sevilla de la citada Consejería. En el texto de la denuncia, SAF manifiesta que las funcionarias están expedientadas por faltas que pueden conllevar sanciones muy graves. Además, el sindicato incluye que las trabajadoras "están muy afectadas emocional y psicológicamente por el conflicto laboral que sufren".
Según el sindicato, el origen del problema "ha sido la negativa de las funcionarias a llevar a cabo la orden de la Jefa de Servicio sobre la retirada de menores a las 5,00 horas de la mañana". El SAF ha explicado que las trabajadoras presentaron un escrito para argumentar su postura e informaron sobre la "peligrosidad" del servicio, ya que ambas "han sufrido amenazas y un intento de agresión de la familia de los menores".
Han recordado que la zona de residencia de los menores, el barrio de las Tres Mil Viviendas de Sevilla "es considerado por la Policía de alto riesgo; la falta de competencia; el horario de jornada laboral que se establece en la normativa vigente es a partir de las 7,30 horas de la mañana; la conciliación de la vida laboral y familiar, ambas trabajadoras son madres de hijos lactantes; y la ausencia de protección individual", fueron otras razones reflejadas.
Sin embargo, según explica el sindicato, la jefa de servicio "motivó dos nuevos requerimientos, con menos de 24 horas de antelación, a la misma intempestiva hora y que acarreó una solicitud de SAF a la delegada territorial para que solucionara la situación que conlleva un evidente riesgo físico para las trabajadoras, como demuestra el necesario apoyo de las fuerzas y cuerpos de seguridad", tras lo que, a continuación, la delegada territorial abrió expediente disciplinario a ambas funcionarias.
El sindicato recuerda en la denuncia "los graves riesgos que padecen los funcionarios titulados en Psicología y Trabajo Social, cuyas responsabilidades son la emisión de informes y el trato directo con las familias, pero siempre en el ámbito del centro.
SAF recuerda que ha presentado "innumerables escritos desde 2012 sobre la preocupante precariedad de medios en el Servicio de Protección de Menores y la ausencia de prevención de riesgos laborales, que pone en peligro la integridad física del personal adscrito y del ciudadano; pero estos escritos, dirigidos a la Delegación Territorial en Sevilla y a la propia Consejería, no han tenido respuesta y el sindicato solo ha sido atendido por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social".
En la denuncia, SAF solicita los anexos de la Instrucción 2/1999 y de la Orden de 5 de septiembre de 1988 que "evidencian que los funcionarios no pueden realizar la retirada de menores y que circunscribirse su labor al propio centro, un argumento respaldado por el informe 292/2008 de la letrada jefa de la asesoría jurídica de la Junta que establece "que no son los funcionarios del Servicio de Menores sino los Agentes de la Unidad de Policía Autonómica los que deben acudir a la retirada de los menores en sus domicilios".
El sindicato concluye que "se impone a estas funcionarias, en particular, y al resto de funcionarios del servicio, en general, condiciones laborales que ignoran los derechos reconocidos por ley, incluso la conciliación de la vida familiar y laboral que precisamente es competencia de esta Consejería". Asimismo, conforme a los artículos 4.4 y 21.1 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, SAF recuerda que "ante la omisión de la legalidad vigente y el aumento constante de la peligrosidad, el trabajador tiene derecho a negarse a desempeñar las labores encomendadas".