La causa aborda la contratación de un familiar de la primer edil y de otra persona más de manera "unilateral" y "sin procedimiento alguno"
SEVILLA, 26 Jun. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de lo Penal número siete de Sevilla ha suspendido el juicio previsto para este martes, a fin de resolver la causa incoada contra la alcaldesa de Almadén de la Plata, la socialista Felicidad Fernández, por un presunto delito de prevaricación administrativa derivado de la contratación de dos personas supuestamente de manera "unilateral" y "sin procedimiento alguno", tratándose una de estas personas de un familiar de la primer edil.
Según han informado a Europa Press fuentes judiciales, si bien la vista oral estaba fijada para las 11,30 horas de este martes, la sesión ha sido suspendida sobre la marcha por incidencias formales, con lo que habrá de ser señalada una nueva fecha de juicio.
La causa judicial deriva de la denuncia formulada por la propia Fiscalía en octubre de 2015, después de que los concejales de Unidos por Almadén elevasen al Ministerio Público las mencionadas contrataciones, realizadas por Felicidad Fernández poco después de desembarcar en la Alcaldía al ganar por mayoría absoluta las elecciones municipales de 2015.
Fruto de la denuncia de la Fiscalía, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Cazalla de la Sierra abrió las correspondientes diligencias, tomando declaración a la alcaldesa en calidad de investigada, examinando los dos contratos de trabajo en cuestión y tomando declaración como testigo al secretario interventor del Ayuntamiento de Almadén.
A JUICIO
Después de practicar las citadas diligencias, la citada instancia judicial emitía el 1 de marzo de 2016 un auto recogido por Europa Press, ordenando la continuación de la causa por el trámite del procedimiento abreviado.
En dicho auto, la juez instructora consideraba que de la investigación de los hechos "se desprende que Felicidad Fernández, en su condición de alcaldesa de Almadén de la Plata desde el 13 de junio de 2015, contrató el 19 de junio de 2015 a J.O.F., familiar suyo, para que prestase servicios en el Ayuntamiento como agente de dinamización juvenil, firmando un contrato laboral de duración determinada", y tres días después contrató a J.A.B.V. "como coordinador del proyecto Ribete a jornada completa, cuando la subvención base del contrato era para un contrato a media jornada".
"Estas contrataciones se llevaron a cabo por la señora alcaldesa de forma unilateral y sin sujeción a procedimiento administrativo alguno", exponía la juez instructora en su auto de procedimiento abreviado, apreciando un posible delito de prevaricación administrativa.