El TSJA admite a trámite el recurso de SAF contra la promoción cruzada de la última oferta de empleo público de la Junta

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 21:48

SEVILLA 23 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Málaga, ha admitido a trámite el recurso presentado por el Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) contra la promoción cruzada que integra el Decreto 90/2013, por el que se aprueba la oferta de empleo público (OEP) de 2013, toda vez que SAF considera que la mencionada regla general "es contraria a derecho y gravemente lesiva a los intereses del personal al servicio de la administración pública".

En una nota, el sindicato ha explicado que impugna el decreto porque entiende que "es contrario a Derecho el artículo 3.4 y la Disposición Adicional Segunda, por consagrar la denominada promoción cruzada de personal laboral a personal funcionario". Precisa que el artículo tres del Decreto "reserva determinadas plazas para el proceso de promoción interna de personal laboral a personal fijo, detrayéndolas de procesos selectivos de personal funcionario y permitiendo que sólo concurra personal laboral". El SAF denuncia que resulta "contrario a los principios de igualdad, capacidad y mérito en el acceso a la función pública consagrado en la Constitución Española".

Indica que "a pesar de que la oferta de empleo público (OEP) aprobada en 2010 fue la última convocada por la Junta de Andalucía, la oferta de 2013 sólo dispone de 371 puestos". En opinión de SAF, la OEP "es una limosna que recoge, como en las ofertas de los años 2009 y 2010, la promoción cruzada, una oposición restringida y teledirigida para cierto personal laboral podrá acceder a la condición de funcionario con la ley del mínimo esfuerzo". El Sindicato Andaluz de Funcionarios cree que esta promoción es "ilegal" y por eso SAF ha recurrido a la Justicia, al igual que hizo en las dos ofertas anteriores.

Considera que el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 6/1985 de Ordenación de la Función Pública de la Junta "son contrarios y reconocen que, con carácter general, los puestos de trabajo de la Administración y de sus organismos autónomos, serán desempeñados por funcionarios públicos, excepto los puestos correspondientes a áreas de actividades que requieran conocimientos técnicos especializados cuando no existan Cuerpos de funcionarios cuyos miembros tengan la preparación específica para su desempeño". Ha recordado que en la misma línea se pronunció el Tribunal Constitucional en la sentencia 99/1987.

Por otro lado, SAF denuncia el "escaso número de puestos ofertados que detiene el acceso al empleo público para el ciudadano y destruye la carrera administrativa de miles de funcionarios, en el caso de la promoción interna". Agrega que, aunque existen limitaciones en la Ley General Presupuestaria del Estado para 2013, "sólo afecta a personal de nuevo ingreso en la Administración, con una tasa de reposición de efectivos del 10 por ciento, y no se preveían en el año 2011 y 2012, de forma que a la promoción interna no se aplica ningún tipo de limitación".

SAF denuncia que el Gobierno andaluz "apueste por la Administración paralela", de manera que, según lamenta, "de los 40.144 puestos para funcionarios públicos en las distintas relaciones de puestos de trabajo, sólo están ocupados 22.000, lo que supone un 46 por ciento de plazas vacantes o desdotadas presupuestariamente, mientras que la Administración paralela no deja de crecer de manera escandalosa".