Confirma un plazo de un mes para abonar los 555.887,37 euros con efectos en el patrimonio del alcalde en caso de incumplimiento
SEVILLA, 18 May. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado, finalmente, el recurso promovido por el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán (Sevilla), gobernado por Carmelo Ceba (PSOE), contra el requerimiento de pago mediante el que esta instancia judicial concedía a este consitorio un plazo de un mes para el cumplimiento de una sentencia firme que le condena a abonar, a la constructora 'Aroa S.L.', un total de 555.887,37 euros por la edificación de la casa consistorial y varios viales. En este requerimiento, ahora confirmado, el Alto tribunal andaluz advertía de que el "incumplimiento de las obligaciones estipuladas" podría derivar en la "imposición de multas coercitivas" en los "patrimonios personales" del propio alcalde y del secretario general del Consistorio.
En el auto impugnado por el Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal andaluz se hacía eco de un incidente de ejecución impulsado por 'Aroa S.L.' en cuanto a la mencionada sentencia firme, fechada el 30 de Septiembre de 2009 y que condenaba al Consistorio a saldar esta deuda de 555.887,37 euros. La constructora reclamaba la ejecución a todos los efectos de la sentencia porque "el Ayuntamiento no ha cumplido la obligación que le incumbe" a cuenta de dicho fallo.
PRESUPUESTOS DEL AYUNTAMIENTO
Esgrimía también 'Aroa S.L.', en su incidente de ejecución, la aprobación de una operación de préstamo a largo plazo en el seno del pleno del Ayuntamiento y la propia aprobación del presupuesto general del año 2010, pero sin "el cumplimiento de la sentencia firme". El documento presupuestario, como se recordará, contemplaba más de 70.000 euros destinados a saldar parte de la deuda que la Administración local arrastra con la constructora, dado que el Gobierno municipal socialista apostaba por pagar la deuda en varias anualidades.
De cualquier forma, la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal andaluz resolvía requerir al alcalde para que "en el plazo de un mes" a partir de la notificación del auto en cuestión "proceda a la ejecución plena" de la sentencia relativa a la deuda, con la "advertencia expresa de la imposición de multas coercitivas en sus respectivos patrimonios personales --pues requiere también al secretario municipal para que notifique el auto-- en caso de incumplimiento de las obligaciones estipuladas".
AUTO DESESTIMATORIO
Después de que este ayuntamiento aljarafeño impugnase el auto de requerimiento de pago ya descrito, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA ha emitido un nuevo auto, fechado el 11 de abril de 2011, y en el que desestima el mencionado recurso y alza la suspensión previamente acordada. En este auto, recogido por Europa Press, el TSJA confirma "en su totalidad" el contenido del auto de requerimiento de pago impugnado por el Ayuntamiento "contándose el plazo estipulado a partir de la notificación del actual".
En este nuevo, auto, la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA desestima tanto "el ofrecimiento del Ayuntamiento" para saldar mediante "solares" la mencionada deuda, como "el abono fraccionado" de los 555.887,37 euros "mediante la entrega de la cantidad anual que se menciona", sobre todo porque "dilataría la ejecución de forma indefinida dada la escasa cuantía de la cifra ofrecida". "las dificultades de tesorería citadas por el Ayuntamiento no pueden constituir, en este caso, un obstáculo insalvable. Es al ayuntamiento demandado al único que incumbe la tarea de buscar soluciones para cumplir las obligaciones", zanja el Alto tribunal andaluz.