Aprobada la reforma de la LUA, que simplifica las licencias y se adapta a la diversidad territorial

Los consejeros Roberto Bermúdez de Castro (dcha.) y Fernández de Alarcón (izda.)
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: martes, 31 julio 2012 16:41

ZARAGOZA, 31 Jul. (EUROPA PRESS) -

   El Consejo de Gobierno de Aragón ha aprobado la reforma de la Ley de Urbanismo de Aragón (LUA), que simplifica las licencias urbanísticas, se adapta a la diversidad territorial de la Comunidad Autónoma y las necesidades de cada municipio.

   El consejero de Obras Públicas, Vivienda, Urbanismo y Transporte del Ejecutivo regional, Rafael Fernández de Alarcón, ha expresado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Gobierno que desde el inicio de la legislatura el Gobierno se ha empeñado en simplificar la regulación urbanística. La actual es "muy compleja" y "está dificultando la creación de vivienda y trabajo".

   El Ejecutivo PP-PAR ha considerado que la actual LUA ha favorecido una situación de exceso de suelo clasificado, de falta de dinamismo de la demanda de vivienda, la pérdida del papel del urbanismo como mecanismo de financiación municipal y las demandas de los diferentes agentes que intervienen en el sector inmobiliario.

   Fernández Alarcón ha explicado que la primera novedad es que se simplifica la concesión de licencias al incorporar la figura de la "declaración responsable", mediante la cual proyectos como una remodelación o una revisión de una instalación o una vivienda solo requiere que el técnico que avala el proyecto firme una declaración de este tipo.

   Con la reforma de la LUA cada municipio deberá tener un plan general y el Ayuntamiento tendrá "muchísimas más posibilidades" de ordenar la actividad urbanística "de acuerdo con sus criterios y necesidades".

PLAZOS

   La reforma contempla la simplificación de los procedimientos a través de la reducción de los plazos establecidos o la acumulación de trámites de diversos procedimientos, como la reforma operada en la tramitación de las autorizaciones especiales en suelo no urbanizable que se excepcionan cuando se requiera evaluación de impacto ambiental, evitando la duplicidad de los procedimientos urbanísticos y ambiental y estableciendo cauces de coordinación.

   Por otra parte, se reduce el plazo para la aprobación definitiva de los planes generales por el órgano autonómico de seis a cuatro meses, articulando un sistema de intervención previa simultáneo con el análisis ambiental de la memoria ambiental.

   Asimismo, se intenta clarificar el trámite ambiental y a la vez adecuar este trámite a la realidad de los instrumentos que se tramitan en los municipios de la Comunidad Autónoma, planteando su excepción en aquellos instrumentos y planes urbanísticos de pequeños municipios que no prevean áreas de desarrollo.

   En tercer lugar, la reforma reconduce la intervención del Gobierno de Aragón hacia la mejora de los instrumentos y procedimientos de planificación y gestión y protección de los valores de interés supramunicipal.  

   Además se amplían los plazos para el cumplimiento de los deberes urbanísticos por los propietarios, se posibilita su flexibilización tanto por el municipio como por el Gobierno de Aragón, el uso provisional de solares vacantes.

REHABILITACIÓN

   Uno de los principales objetivos de la reforma es el fomento de la rehabilitación en el ámbito de la intervención sobre suelos urbanos ya consolidados. Se incorpora la figura del programa de rehabilitación, que forma parte del instrumento de planeamiento y que posibilitará la definición de ámbitos o áreas de actuación que flexibilicen los parámetros generales de la zonificación y permitan adoptar soluciones que hagan más atractivas las actuaciones de rehabilitación urbana.

   Asimismo, también existe una apuesta firme de la reforma por la rehabilitación en suelo no urbanizable con una doble finalidad: la recuperación de patrimonio edificado y la reocupación del territorio ya transformado.

   Se concreta y matiza el régimen de garantías asociadas a la iniciativa empresarial; se concreta que la garantía simultánea en las obras de edificación y urbanización se calculará sobre el coste de las obras pendientes de ejecutar; se facilita que las garantías a prestar puedan ser reales o financieras y se establece como garantía adicional, en el caso de incrementos de densidad consistente en la vuelta a la situación de origen, en el caso de incumplimiento de los plazos de edificación y posible exigencia de responsabilidad por daños y perjuicios.

PARTICIPACIÓN

   En la tramitación del proyecto aprobado, se ha intentado respetar la voluntad manifestada por los agentes que han participado en la elaboración y el desarrollo del texto dentro del marco de los objetivos fijados para la modificación, según ha subrayado el Ejecutivo autonómico.

   Asimismo, se ha considerado necesario hacer la Ley permeable a posibles evoluciones del marco normativo estatal, y, sobre todo, se ha realizado una fuerte apuesta por la adaptación de la norma a la realidad del territorio aragonés.