Elegidos por sorteo, las nueve personas que componen estos jurados reciben aproximadamente 70 euros diarios
OVIEDO, 9 Oct. (EUROPA PRESS) -
Los juicios con jurado popular han caído aproximadamente un 76 por ciento en la última década en Asturias, donde se ha pasado de 25 procedimientos abiertos en 1999 a sólo seis el año pasado. De los siete juicios celebrados por este procedimiento en la Audiencia Provincial en 2010, al menos cinco concluyeron con sentencia condenatoria.
La rectitud de estos jurados, -que sólo absuelven en España a uno de cada diez procesados- y la complejidad del sistema han acentuado la tendencia restrictiva de los juzgados asturianos que, como la Fiscalía, son más partidarios de propiciar la conformidad previa a la constitución del tribunal.
En este sentido, el fiscal delegado de Medio Ambiente y Urbanismo, Joaquín de la Riva, advierte de la dificultad de obtener condenas basadas en la prueba indiciaria en casos como los incendios, por lo que cree oportuno retirar de la competencia del Tribunal de Jurado el delito de incendio forestal doloso. De la Riva opina que se trata de un procedimiento "muy lento", con lo que se corre el riesgo de perder el efecto disuasorio de la condena, así como "caro" para la Administración de Justicia.
Según datos facilitados por la Fiscalía Superior del Principado a Europa Press, las seis causas incoadas con este procedimiento en la comunidad el año pasado están muy por debajo de las cuarenta bianuales previstas en 1995, fecha de la aprobación de la Ley del Jurado.
De las seis, dos correspondieron a procedimientos por homicidio, dos por asesinato, uno por un delito contra los recursos naturales y el medio ambiente y otro por cohecho. Además, un procedimiento fue sobreseído.
Por otra parte, los datos disponibles ponen de manifiesto que esta tendencia decreciente ha sido casi una constante en la última década. De este modo, en 2000 se incoaron en el Principado 22 causas con jurado; 21 en 2001, 21 en 2002, 16 en 2003, ocho en 2004, 13 en 2005, 10 en 2006, ocho en 2007, nueve en 2008 y cinco en 2009.
COMPETENCIAS
De acuerdo a la ley, son competencia de este tipo de tribunales los delitos de homicidios, amenazas, omisión del deber de socorro, allanamiento de morada, incendios, infidelidad en la custodia de presos o documentos, malversación de caudales públicos, cohecho, fraudes y exacciones ilegales y negociaciones prohibidas a los funcionarios. Sin embargo, los casos son trasladados a un tribunal profesional cuando uno de los delitos mencionados concurre con otro que no compete a la Ley del Jurado.
En cuanto a la provisión de los jurados, las delegaciones provinciales de la oficina del Censo Electoral efectúan en septiembre un sorteo por cada provincia a fin de establecer la lista bienal de candidatos a jurados. A tal efecto, los presidentes de las Audiencias Provinciales, con una antelación mínima de tres días a la fecha prevista para el sorteo, comunican al delegado de la oficina el número de candidatos a jurados que estimen necesario obtener por sorteo dentro de la provincia.
Posteriormente, la delegación provincial de la oficina del Censo Electoral envía la lista de los candidatos a jurados a la respectiva Audiencia Provincial, quien la remite a los Ayuntamientos y al BOPA, para su publicación durante los quince últimos días de octubre. Igualmente, el secretario de la Audiencia Provincial notifica por correo a cada candidato a jurado su inclusión en la referida lista.
Tras la práctica de la prueba en la vista oral, la responsabilidad de los elegidos reside en emitir veredicto declarando probado o no el hecho que el magistrado-presidente haya determinado. También proclamarán la culpabilidad o inculpabilidad de cada acusado por su participación en el mismo.
Por su parte, compete al magistrado-presidente dictar sentencia en la que recogerá el veredicto del Jurado e impondrá, en su caso, la pena y medida de seguridad que corresponda. También resolverá, cuando corresponda, sobre la responsabilidad civil del penado.
Los principios de esta norma dicen que puede formar parte de un jurado popular cualquier persona mayor de edad, vecino de la provincia donde ocurrieron los hechos, que sepa leer y escribir y que no haya sido condenado por la comisión de algún delito. Quedan, no obstante, exentos los miembros de la Familia Real, los cargos políticos, judiciales, militares, los funcionarios de prisiones, y los profesionales de la medicina, entre otros.
Como deber "inexcusable, público y personal", las nueve personas que componen estos jurados reciben asignaciones que rondan los 69 euros diarios, a los que se suma, en caso de requerirse, desplazamiento y manutención, mientras que las sanciones por eludir esta responsabilidad alcanzan los 150 euros en el caso de la primera citación y hasta 1.500 en la segunda.
CASUÍSTICA
Importantes procedimientos juzgados por estos jueces 'legos' se han visto envueltos en polémica. Así, con las mismas pruebas, un jurado popular condenó en Asturias a un acusado de homicidio "imprudente" y un segundo tribunal lo hizo por homicidio "intencionado". En otra ocasión, un jurado popular consideró que una mujer acusada de matar a su marido lo hizo por accidente, pese a la insistencia de los forenses en lo contrario.
En España, En 1997, Mikel Otegi fue absuelto por un jurado que creyó que "no era dueño de sus actos" cuando, en estado de embriaguez, disparó y mató a dos ertzainas. En 2001 la polémica se trasladó a Málaga con el 'caso Wanninkhof', en el que un jurado declaró culpable a Dolores Vázquez, ex compañera sentimental de la madre de la víctima, pero el TSJ andaluz anuló la sentencia y Vázquez fue inocente para otro tribunal popular, que condenó al británico Tony King.