SANTANDER 25 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Ayuntamiento de Santander aprobará inicialmente este jueves, 27 de febrero, la nueva Ordenanza Municipal de Control Ambiental Integrado de Actividades e Instalaciones, norma que sustituirá a la anterior de casi tres décadas de antigüedad y que fue modificada parcialmente en el año 2001.
Tras su aprobación inicial, se someterá a un periodo de información pública de 30 días hábiles, en el que vecinos, asociaciones y entidades puedan presentar sus alegaciones. Si no se presentasen alegaciones, la nueva ordenanza entraría en vigor tras la publicación del texto íntegro de la misma en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC).
En el caso de que se registren alegaciones, éstas serán valoradas, pudiéndose rechazar o incorporar al texto, que deberá ser sometido de nuevo a la consideración del Pleno de la Corporación, como paso previo a la aprobación definitiva de la norma, según ha informado el Ayuntamiento de Santander en un comunicado.
La nueva Ordenanza Municipal de Control Ambiental Integrado de Actividades e Instalaciones, conocida popularmente como la "nueva ordenanza de ruidos", ya ha superado el periodo de enmiendas de los grupos políticos, ha sido ratificada por la Comisión de Desarrollo Sostenible y ha sido presentada a las asociaciones de vecinos, a la FECAV, a la Federación de Asociaciones de Vecinos Ciudad de Santander, así como a la Asociación Empresarial de Hostelería de Cantabria (AEHC).
Entre las principales novedades de la nueva ordenanza, destaca que no sólo regulará la actividad de negocios de hostelería, sino de tiendas y talleres, en definitiva, de cualquier negocio cuya actividad genere ruido y contemplará la posibilidad de precintar temporalmente, tanto equipos de música, como aparatos de aire acondicionado.
Asimismo, todos los locales con licencia de actividad tendrán que estar aislados, no sólo los bares sino también los talleres de motos y coches o los negocios con torno. También regulará el número de televisores que podrán tener los bares, que estarán determinados por los técnicos municipales, según los casos.
Además, para controlar el ruido que puede emitir un local, no sólo será imprescindible tener un limitador, sino que el propietario del local estará obligado a suscribir un contrato de mantenimiento del aparato, lo que garantizará que siempre estará en funcionamiento.
La nueva norma también eliminará la distancia de 25 metros que, desde hace tres décadas, se exigía para la apertura del bar, pero la medida sólo afectará a aquellos establecimientos que no tengan música.
La nueva ordenanza contempla la posibilidad de permitir la instalación de sistemas alternativos para la extracción de humos, en casos excepcionales, en los establecimientos hosteleros favoreciendo así que dispongan de pequeñas cocinas algunos locales que, hasta ahora, no podían contar con licencia para ello.