SANTANDER 4 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Ejecutivo regional publica este martes en el Boletín Oficial de Cantabria la aprobación del Código de Buen Gobierno de los Miembros del Gobierno y de los Altos Cargos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Entre los principios que deben cumplir están la dedicación exclusiva al cargo público, la orientación exclusiva a los intereses generales, la transparencia patrimonial a través de una "veraz y completa" presentación de las declaraciones de actividades, bienes y derechos patrimoniales, y el respeto del mérito y la capacidad en los procedimientos de selección y promoción del personal al servicio del sector público autonómico.
En cuanto a actitudes y comportamiento, se habla de lealtad y cooperación, participación ciudadana, transparencia y comunicación, dignidad institucional, publicidad y libre competencia en las contrataciones, eficacia y objetividad en los procedimientos de autorización o subvención, mérito y capacidad en las políticas de empleo, entorno ético y orientado a la formación permanente, y administración de los recursos públicos.
Respecto al conflicto de intereses, el código contempla el respeto de la profesionalidad de los empleados públicos "sin tratar de influir en sus decisiones y actuaciones en aras de procurar la atención de intereses parciales, privados o partidistas".
Igualmente, los miembros del Gobierno y altos cargos "evitarán el uso de los recursos públicos de publicidad y comunicación institucional al servicio de intereses partidistas".
En el capítulo de intereses patrimoniales y personales, "evitarán contraer obligaciones económicas o de otro tipo que impliquen el riesgo de plantear conflictos de intereses con el cargo público que desempeñan".
A este efecto, se entiende que existe conflicto de intereses cuando intervengan en decisiones relacionadas con asuntos en los que confluyan intereses de su puesto público con intereses privados propios o de familiares.
En este sentido, deberán abstenerse de tomar parte en aquellos procedimientos sobre los que tengan un interés privado, propio o de su entorno familiar y social directo.
Los miembros del Gobierno y altos cargos también deberán presentar sus declaraciones de actividades, bienes y derechos patrimoniales en plazo, de forma completa y veraz.
Y rechazarán atenciones, regalos, servicios o liberalidades que, por exceder de los usos sociales o de cortesía, puedan condicionar el buen desempeño de sus competencias. Los obsequios de mayor significación de carácter institucional se incorporarán al Patrimonio de la Comunidad Autónoma.
Asimismo evitarán dispensar acceso o tratamiento privilegiado a personas físicas o entidades dedicadas a actividades de lobby por cuenta de terceros, o a personas o entidades directamente interesadas en la promoción de sus productos o servicios.
Todo ellos darán cuenta de la acción llevada a cabo en el uso de sus competencias ante el Parlamento de Cantabria y prestarán su colaboración para el normal desarrollo de los procedimientos de control político, económico, administrativo o judicial.
En la valoración del desempeño de los destinatarios del código se tendrá en cuenta la opinión de la ciudadanía. Para ello, todas las oficinas públicas dispondrán de medios adecuados para que los ciudadanos puedan expresar libremente su opinión sobre la dirección y gestión del organismo correspondiente.
La Consejería de Presidencia y Justicia remitirá anualmente informe al Consejo de Gobierno sobre el grado de cumplimiento del Código, de las incidencias advertidas en su aplicación y de las medidas que se consideren oportunas para favorecer su implantación efectiva.
En el supuesto de incumplimientos del Código, el Gobierno de Cantabria adoptará "las medidas que en función de las circunstancias estimen oportunas".