SANTANDER, 14 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Educación del Gobierno de Cantabria ha decidido no renovar el concierto educativo al colegio masculino Torrevelo por "incumplir gravemente muchas de las disposiciones de la legislación vigente". También ha informado desfavorablemente la petición de concierto del colegio Peñalabra, que escolariza exclusivamente a alumnas y pertenece, como el Torrevelo, al Grupo Fomento de Centros de Enseñanza.
En un comunicado, la Consejería señaló que el hecho de que el colegio Torrevelo sólo escolarice a alumnos varones "vulnera" toda la normativa vigente en materia de admisión de alumnos, así como los principios y fines que inspiran el sistema educativo español, basados en la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, así como en la igualdad de trato.
La Consejería de Educación ha hecho pública esta resolución denegatoria en una reunión de la Comisión de Conciertos celebrada este mediodía. Según explicó, la decisión se ha tomado en base a los informes de los servicios jurídicos, de Inspección y de Centros, cuyos informes tenían como "argumento fundamental" el incumplimiento de la normativa de no discriminación por razón de sexo en materia de admisión de alumnos.
El concierto con el colegio Torrevelo afecta a los seis cursos de Primaria y los cuatro de Educación Secundaria.
Educación señaló que es la primera vez que el estudio de renovación de este concierto al colegio Torrevelo se realiza de acuerdo a la nueva normativa (LOE, Ley de Educación de Cantabria y nuevo Decreto de escolarización para Cantabria, refrendado por el Consejo de Estado), que han establecido por primera vez el "sexo" como causa o motivo de discriminación, algo que hasta 2006, fecha en que se aprobó la LOE, no estaba expresamente contemplado. Este motivo ha sido reconocido igualmente por una sentencia posterior del Tribunal Supremo del mismo año.
Por otro lado, la Consejería indicó que el informe del Servicio de Inspección Educativa explica que con la estructura organizativa y pedagógica del centro es "imposible" alcanzar la totalidad de los objetivos y finalidades que persigue la enseñanza obligatoria. Una enseñanza que opta por una "educación inclusiva", en la que no puede existir ningún tipo de discriminación por razón de nacimiento, raza, religión o sexo.
Entre la normativa vigente que vulneran ambos centros, la Consejería cita los artículos 84.3 y 109, entre otros, de la Ley Orgánica de Educación; el Real Decreto 2377/1985, Ley de Educación de Cantabria y artículos 14, 27.6 y 35 de la Constitución Española.