TOLEDO, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -
La Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de Castilla-La Mancha ha aclarado este martes que "ni se ha planteado ni se va a cobrar tasa alguna" por realizar una valoración de las posibles personas dependientes en la Comunidad Autónoma.
"No se ha planteado en ningún momento por parte de esta Administración ninguna modificación de la Ley de Servicios Sociales de Castilla-La Mancha, incluida en el proyecto de Ley de Medidas Complementarias para la aplicación del Plan de Garantías de Servicios Sociales Básicos, que implique cobrar tasa alguna a ningún ciudadano por realizar su valoración dentro de la Ley de Dependencia", ha señalado el Ejecutivo, en nota de prensa.
En concreto, en el proyecto de Ley de Medidas Complementarias publicado este lunes se recoge la supresión del artículo que establece la gratuidad en la valoración del grado de discapacidad, cuyo objetivo es evaluar el impacto que las deficiencias permanentes tienen en la vida de la persona formulando un dictamen técnico sobre el grado de discapacidad, así como valorar y orientar, sobre las prestaciones más idóneas para esa persona y su familia.
No obstante lo anterior, fuentes del Ejecutivo autonómico han explicado a Europa Press que de la supresión de este artículo no hay que inferir que se vaya a cobrar por este servicio.
De otro lado, en lo que se refiere a las estancias diurnas para dependientes, la Junta ha señalado que el artículo 14.4 de la Orden de 9 de marzo de 2011 --que regula el sistema de acceso a esos servicios-- señala que cada persona abonará un tanto por ciento de sus ingresos sobre la base anual de cálculo. Asimismo, "y según lo indicado en la norma aprobada también por el último Gobierno de José María Barreda", cuando el usuario necesite de un transporte, su aportación se incrementará en los términos que se determinen.
La Consejería de Sanidad también ha aclarado, respecto al servicio de estancias nocturnas, que actualmente no tiene ningún beneficiario en Castilla-La Mancha "ni nunca lo ha tenido en la región", aunque ha advertido que el régimen aplicable "sería el mismo que para las estancias diurnas".
PARTICIPACIÓN EN LA FINANCIACIÓN
La Administración ha recordado que, con carácter general, en los años 80 del pasado siglo, el IMSERSO ya dejó regulada la aportación de los usuarios en las estancias y servicios prestados en centros, estableciendo claramente en el artículo 50 de la Circular de 2 de enero de 1988, de 23 de febrero, que los beneficiarios o sus representantes participarán en la financiación.
También se refiere desde el Gobierno regional que el artículo 33.1 de la Ley de Dependencia establece que "los beneficiarios de las prestaciones de Dependencia participarán en la financiación de las mismas, según el tipo y coste del servicio y su capacidad económica personal" y prevé la aportación del usuario en todos los servicios del catálogo, aunque su implementación depende de cada Comunidad Autónoma.
En el caso concreto de la ayuda a domicilio en Castilla-La Mancha, la Consejería ha precisado que fue el Gobierno de José María Barreda el que estableció la norma que permite regular esa aportación--mediante el Decreto 181/2009, de 1 de Diciembre, sobre los convenios de colaboración con las entidades locales para el desarrollo de las Prestaciones Sociales Básicas-- y desde entonces los usuarios han estado pagando parte del coste de la ayuda a domicilio al Ayuntamiento que les presta el servicio.
Finalmente la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de Castilla-La Mancha se reafirma en su criterio de que es "una medida responsable y eficiente no pagar más que por los servicios efectivamente prestados".