La organización pide que las disposiciones firmes de la sentencia se incorporen a la nueva orden de vedas en fase de elaboración
TOLEDO, 9 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) ha declarado ilegal la media veda en la región correspondiente a la temporada 2007-2008 por desarrollarse de "forma insostenible" y por tener por objetivo especies en época de reproducción, al estimar en parte el recurso presentado en el año 2007 por Ecologistas en Acción.
En concreto, la organización ecologista interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la autorización de determinadas prácticas cinegéticas y preceptos recogidos en la Orden de vedas de la temporada 2007-2008, según ha informado la organización ecologista en nota de prensa.
Entre ellos destaca la denuncia de la ilegalidad de la media veda. A este respecto, el Tribunal declara ilegal esta práctica cinegética que se realiza todos los años entre el 15 de agosto y el 15 de septiembre y que afecta a las especies paloma torcaz, tórtola común y codorniz.
Se estima plenamente en este tema la demanda de Ecologistas en Acción, por no existir ningún dato que acredite que "la densidad de las poblaciones (de las especies que se cazan en media veda) permita su aprovechamiento sostenible" ni informe que acredite por parte de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente que "la fijación de estos períodos se realice de acuerdo con el ciclo biológico de las especies y su fenología provincial".
Al contrario, la sentencia da por válidos los peritajes aportados por Ecologistas en Acción y que demuestran que, en contra de la normativa europea y estatal vigente, el período hábil de caza de la codorniz, tórtola común y paloma torcaz en la media veda coincide con la fase final de la época de reproducción de estas especies en Castilla-La Mancha. Y que en el caso concreto de la tórtola común y de la codorniz el estado de las poblaciones no permite un aprovechamiento cinegético sostenible.
INCREMENTO DE LA CAZA FURTIVA
Ecologistas en Acción considera que esta sentencia tiene una "notable importancia" por cuanto debe conducir a la desaparición de la media veda y ya es firme en este aspecto. Una modalidad cinegética, según Ecologistas, que no sólo es "ilegal e insostenible" sino que da lugar todos los años a un incremento "muy notable" de caza furtiva de especies protegidas. La organización ha alertado que durante la media veda es la época del año cuando más rapaces y otras especies protegidas son abatidas por disparos de cazadores "desaprensivos".
La organización ecologista se ha dirigido a la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente solicitando que las disposiciones firmes de la sentencia se incorporen a la nueva orden de vedas actualmente en fase de elaboración.
Por otra parte, el Tribunal también declara nula de pleno derecho la corrección de errores publicada en el D.O.C.M. nº 173, de 20 de agosto de 2007 por la que se ampliaba el cupo de piezas cazables en los terrenos libres. De nuevo el Tribunal admite plenamente los postulados de esta asociación reconociendo que lo que se ocultaba tras la apariencia de una corrección era en realidad una modificación sustancial de la orden de vedas a la que se hurtó de una adecuada tramitación administrativa.
Finalmente, el Tribunal inadmite la parte del recurso de Ecologistas en Acción contra la práctica de la perdiz con reclamo, pues señala que no se ha acreditado que sea contraria a la normativa interna o comunitaria. La organización espera que esta cuestión sea corregida en el Tribunal Supremo ante el cual ha interpuesto recurso de casación por este motivo concreto.