BARCELONA 25 Ene. (EUROPA PRESS) -
El juzgado de lo contencioso administrativo número 13 de Barcelona ha dictado una sentencia que obliga al Ayuntamiento de Sant Pol de Mar (Barcelona) a volver a colocar la bandera española en la fachada del consistorio.
El pleno municipal aprobó retirarla el 3 de diciembre de 2009, una decisión que fue recurrida ante la justicia por el entonces concejal del municipio y miembro de la junta directiva de Impulso Ciudadano, Enrique Abad.
La sentencia, que no es firme, anula el acuerdo del plenario por ser contrario a derecho, y condena al consistorio a colocar la bandera española en la fachada, en el resto de edificios y dependencias municipales, y en un lugar preferente del salón de plenos.
"Los preceptos legales no dejan lugar a ninguna duda: tanto la bandera catalana como la española tiene que ondear permanentemente en la fachada de la casa consistorial", reza el fallo, que se fundamenta en la ley de banderas 39/1981.
Asimismo, el juez afirma que su decisión se ha visto "reiteradamente avalada por la jurisprudencia", y cita una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que obligó al Ayuntamiento de Manresa a volver a poner la bandera española en la fachada.
El juez recalca que "llama la atención y son difíciles de entender" algunos de los argumentos esgrimidos por la defensa municipal, como por ejemplo el que asegura que el ayuntamiento es soberano en materia de banderas o el que acusa al concejal denunciante de ir en contra de la convivencia ciudadana.
REFORMA DEL CÓDIGO PENAL
Impulso Ciudadano ha celebrado una sentencia que deja "meridianamente claro" que la colocación de banderas en los ayuntamientos debe quedar al margen de la política y solo debe responder a lo que estipula la ley.
Asimismo, ha anunciado que ha enviado una carta al Ministerio de Justicia solicitando que se impulse la modificación del Código Penal para condenar con la pena de inhabilitación especial a aquellos cargos y funcionarios públicos que incumplan la normativa sobre símbolos.