MADRID 4 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Pleno del Congreso de los Diputados debatirá el próximo martes, en su primera sesión ordinaria del año, si admite a trámite la proposición de ley de Medidas contra el sobreendeudamiento personal y familiar y de protección ante procedimientos de ejecución hipotecaria de la vivienda habitual, que entre otras cosas contempla la dación en pago y que el Parlament de Catalunya aprobó por unanimidad en julio de 2012.
La Junta de Portavoces ha puesto fecha a su debate este martes al ser la primera de las iniciativas de parlamento autonómico que estaban pendiente de debate y que sólo se discuten en el Pleno del Congreso una por una y en el primer Pleno de cada mes. La propuesta de delegar la competencia a la Generalitat para realizar la consulta soberanista sigue en lista de espera.
La iniciativa sobre desahucios fue promovida por separado por ICV-EUiA, ERC y C's, aunque finalmente se alcanzó un texto único de ponencia con aportaciones de todos los grupos y de la Generalitat. Su objetivo es "corregir con urgencia el vacío legal" en relación al sobreendeudamiento vinculado a la vivienda habitual así como "prevenir eventuales escenarios de concesión abusiva de crédito" en el futuro.
"Se parte del principio de que los incidentes en el mercado del crédito deben ser soportados por todas las partes implicadas, no sólo por el deudor. Se trata de modelos modernos y transparentes en los que se busca el bien común", argumenta la iniciativa, que trata de combinar la concesión de una segunda oportunidad para insolventes sobrevenidos a la par que se evitan desincentivos al pago de las deudas hipotecarias.
30 AÑOS DE HIPOTECA COMO MÁXIMO
La propuesta del Parlament se articula en tres capítulos. En el primero se establecen medidas para evitar la el sobreendeudamiento en el futuro, limitando el plazo de amortización de las nuevas hipotecas a los 30 años y el importe del crédito al 90% de su valor de tasación o, como máximo, al 100% del precio escriturado. Asimismo, los intereses moratorios no podrán superar en ningún caso los límites que fije la Ley de Protección de Consumidores y Usuarios.
Además, prevé que tanto la entidad bancaria como el notario deban informar al consumidor sobre el contrato y los riesgos que asume y facilitar la legislación de protección de los consumidores a la que se puede acoger. En caso de que, pese a todo, el contrato incluya causas abusivas, la propuesta prevé que sean causa para que un juez suspenda la ejecución hipotecaria.
El capítulo segundo regula los procesos administrativos extrajudiciales para la reordenación o liquidación de la deuda en caso de insolvencia, incluyendo la dación en pago. En concreto, se propone que el deudor en situación de insolvencia que pueda perder su vivienda pueda iniciar el proceso dirigiéndose a la Comisión de Sobreendeudamiento correspondiente, que serán de ámbito autonómico. El inicio del proceso conllevará la suspensión de la ejecución hipotecaria y el devengo de intereses de mora.
Tras pedir la intervención extrajudicial, el deudor deberá presentar su propuesta de liquidación de sus deudas, incluyendo tanto los compromisos de pago que puede asumir y los recursos para las necesidades familias básicas, como las quitas o condonaciones que propone, o incluso la liberación de la deuda no satisfecha en cinco años. También deberá especificar cómo liquidar el préstamo hipotecario y las alternativas de permanencia en su vivienda.
PREVISTA LA DACIÓN EN PAGO
Si el deudor es titular de un único inmueble que es su vivienda habitual, el plan podrá acordar la dación como pago liberatorio de la deuda reclamada y "podrá acordar que este pago dé por satisfechas cuantas cantidades pueda deber en concepto de capital, de intereses y de costas", se añade.
De hecho, si el plan conlleva el abandono de la vivienda, el afectado puede pedir a la Comisión que intervengan en el proceso las administraciones con competencias en materia de servicios sociales y vivienda para garantizarle un alojamiento temporal mientras carece de vivienda, y para que le "faciliten la orientación, ayudas y avales que le puedan corresponder".
No obstante, el plan de reestructuración de deuda deberá en todo caso respetar los supuestos de inembargabilidad recogidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil, incrementando la cantidad vigente en un 50% y aumentando además con un 30% del salario mínimo interprofesional (SMI) por cada miembro de la familia (cónyuge, ascendientes y descendientes de primera grado que convivan en la vivienda) sin ingresos propios regulares (salario o pensión).
En un mes, la Comisión de Sobreendeudamiento deberá emitir su propuesta de plan de liquidación ordenada de las deudas, que las partes podrán negociar durante otros 30 días. Si no consiguen llegar a un acuerdo, la Comisión podrá aprobar el plan o dictar una resolución concluyendo el procedimiento. En este último caso, el deudor podría aún declarar ante el juzgado mercantil un concurso de acreedores "abreviado y muy simplificado" con derecho a asistencia jurídica gratuita.
OTRAS PROPUESTAS
En el capítulo tercero de la proposición de ley, el Parlament recoge la regulación específica de los procesos de ejecución hipotecaria de viviendas de protección pública. Además, el texto promueve un cambio en la Ley de Enjuiciamiento Civil para que las pujas mínimas admisibles en caso de segunda y tercera subasta de la vivienda habitual superen el 80% del valor de tasación inicial o, como mínimo, el importe total de la deuda hipotecaria.
El Parlament catalán pide asimismo una reforma de la normativa de las sociedades cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario (SOCIMI) para que sean "auténticos instrumentos de promoción y vertebración" del mercado de vivienda en alquiler, con el objetivo de "mejorar su tratamiento fiscal y de flexibilizar, hacer más transparentes y abaratar los requisitos que se les exigen para constituirse y operar".
Asimismo, se mandata al Gobierno para que, en un plazo máximo de seis meses, se presenten sendos proyectos de ley para garantizar la "total independencia e imparcialidad" de las sociedades de tasación, para modificar la ley del IRPF de modo que las daciones en pago no se interpreten como ganancias patrimoniales, y para incluir en la Ley de Haciendas Locales una bonificación del 99% en la determinación de la 'plusvalía' (IVTNU) en operaciones de dación en pago de vivienda habitual y para compensar a los ayuntamientos por esa pérdida.
PROPUESTA AMBICIOSA
Tras la aprobación de esta propuesta en la Cámara catalana, representantes de todos los grupos políticos celebraron el consenso alcanzado en "una propuesta ambiciosa" que acercaría la legislación española a la de países como Francia y Alemania, dando una segunda oportunidad a las personas que no pueden hacer frente a su deuda hipotecaria.
Además, recordaron que España es uno de los pocos países de Europa que no tiene una legislación contra el sobreendeudamiento, y subrayaron la importancia de que la unidad alcanzada se trasladara al Congreso, apremiando al PSC y al PP catalán a convencer a sus compañeros en el Congreso para que la norma salga adelante.