Considera que el derecho a manifestarse tiene "límites"
BARCELONA, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TJSC) ha avalado la prohibición de las protestas antipeajes 'No vull pagar' que SI quiso convocar el 17 de junio en las barreras de todos los peajes de las autopistas de Catalunya.
Así, el TSJC ha desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado por el partido independentista contra la resolución de la Dirección General de Seguridad de la Conselleria de Interior que prohibió la convocatoria, según reza en la sentencia.
En su recurso, SI alegaba que la desautorización de la protesta vulneraba derechos fundamentales previstos en la Constitución española como la libertad de reunión y de manifestación, pero el tribunal ha respondido que estos derechos tienen "límites" como la alteración del orden público con peligro para las personas y los bienes.
En la sentencia, el TSJC detalla que existían "razones fundadas" de alteración del orden público, destaca la imposibilidad de adoptar otras medidas diferentes a la prohibición y sostiene que la medida de Interior es proporcional con la finalidad pretendida de mantenimiento de la seguridad.
El TSJC reconoce los argumentos de la resolución impugnada por SI sobre la valoración de riesgos, de los que destaca el peligro de accidente de tráfico por atropello de personas; colisión de coches; afectación de servicios públicos de urgencia; peligro de siniestros en los accesos a la autopista desde la red secundaria y conflictos de orden público por posibles enfrentamientos personales.
La convocatoria podría haber comportado, según el juez, un "total colapse circulatorio" porque las protestas estaban previstas un domingo de junio en horas puntas --de 12.00 a 12.30 horas y de 18.00 a 18.30--.
Por todo ello, el TSJC concluye que la medida es "necesaria para garantizar el orden público, la seguridad ciudadana y la protección de las personas y los bienes, y no existe ninguna otra medida más moderada para lograr la misma finalidad".