Considera que no existe una "identidad subjetiva" en las personas a las que se pueden atribuir los hechos en los dos procesos
VALENCIA, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -
La sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha decidido no acumular la conocida como 'causa de los trajes', derivada del 'caso Gürtel', en la que está imputado el presidente de la Generalitat, Francisco Camps, con la que investigará una presunta financiación irregular del PPCV y otros delitos.
Según la sala, el actual estado procesal de la 'causa de los trajes' --cuya audiencia preliminar, previa a la celebración del juicio, se celebrará el 12 de julio--, la duración de la instrucción y las diligencias practicadas así como las conclusiones asumidas por el instructor, que no ve relación directa entre el pago de prendas de vestir y los actos de contratación por parte de la Generalitat, "aconsejan restringir la valoración sobre la acumulación" --solicitada por ministerio fiscal y PSPV-- a una "absoluta, estricta e indisoluble conexión" de los hechos.
Lo contrario, según la sala, implicaría afectar al estado procesal y originar una "no justificada dilación" del procedimiento conocido como de los trajes, que ya está como "objeto procesal conformado". Por ello, acuerda que no se acumule la causa que se sigue por el Tribunal del Jurado y que afecta a Camps; al exvicepresidente del Consell, Víctor Campos; al ex secretario general del PSPV y diputado, Ricardo Costa; y al ex jefe de Gabinete de la Conselleria de Turismo y responsable de Protocolo de Diputación, Rafael Betoret, con la de presunta financiación irregular.
De esta forma, todos los presunto hechos delictivos apuntados en este último procedimiento --delitos electorales en las elecciones municipales y autonómicas de 2007; falsedad en 2008 y prevaricación y cohecho en relación con la contratación administrativa y obras menores relativas a Fitur en 2005 y 2006 realizada por la Generalitat con Orange Market-- se tramitarán en un mismo procedimiento, para el que se ha designado instructor al magistrado José Francisco Ceres, de acuerdo con el turno establecido en las normas de reparto de la sala.
Así se ha acordado en un auto de 16 páginas, de fecha 4 de julio, que se ha notificado a las partes personas y al ministerio fiscal, y contra el que cabe recurso de súplica ante esta misma sala en el plazo de tres días.
A favor de la acumulación de los procedimientos se habían pronunciado el ministerio fiscal y la acusación popular, ejercida por el PSPV; se habían opuesto el PP, Camps, Costa y Betoret y habían expresado una oposición con matices Campos, Álvaro Pérez 'el Bigotes' y Cándido Herrero, estos dos últimos considerados presuntos cabecilla de la 'trama Gürtel'.
El fiscal alegaba que la acumulación resulta "ineludible" para una correcta calificación jurídica de los hechos, ya que algunos de los hechos de la segunda causa se imputan a Costa y Betoret, dos de los acusados de percibir regalos en el procedimiento de los trajes. Por su parte, el PSPV sostenía que existe una "estrecha relación entre todas las conductas" ya que el delito de cohecho "está relacionado con las adjudicaciones (prevaricación) y éstas han dado lugar a una financiación irregular del PP y, por tal motivo, se han elaborado facturas falsas (delito de falsedad en documento mercantil, que han dado lugar a su vez a un delito fiscal".
"INNEGABLE COMPLEJIDAD"
Sin embargo, según la sala, --que señala que esta cuestión presenta una "innegable complejidad"--, no se aprecia la existencia de una "concreta conexidad legal" que justifique una acumulación de procedimientos. En el caso de la 'causa de los trajes' y el delito electoral, apunta que la supuesta facturación dual de Orange Market al PP en las campañas electorales "en principio no revisten los caracteres de exigencia de una necesaria e ineludible tramitación conjunta" y, además, afirma que tampoco hay coincidencia de personas porque en este caso, ni Camps, ni Campos ni Betoret aparecen relacionados en él.
Sobre la acumulación de los delitos que pudieran ser prevaricación y cohecho por la contratación de la Generalitat con Orange Market, dice que es el supuesto que presenta "mayor complejidad". No obstante, precisa que el delito de cohecho pasivo impropio que se imputa a los acusados en la 'causa de los trajes' está caracterizado por su "abstracción" y desconectado de actos concretos de autoridades y funcionarios.
"Abstractamente, podría estimarse razonable que si nos encontráramos en el momento procesal inicial y se tratara de decidir sobre la incoación conjunta de ambos presuntos hechos delictivos, resultaría razonable poderse acceder a la tramitación inicial conjunta de ambos hechos para valorar la posible existencia y en qué grado de la relación que pudiera existir entre dicha contratación y la percepción de dádivas, y todo ello con independencia de lo que tras dicha investigación resultara", explica.
Sin embargo, subraya que valorando el estado y la tramitación de las dos causas, la decisión debe considerar las diligencias y actuaciones practicadas y recalca que el magistrado instructor de la 'causa de los trajes', José Flors, ya tomó declaración a personas en relación con las contrataciones de la Generalitat y concluyó que no había relación directa entre el pago de las prendas y los actos de contratación y que el fin de los regalos era "lograr el agasajo" o "complacencia" de los receptores de regalos.
En este sentido, recalca que ante el actual estado procesal de la causa de los trajes, ya calificada, la duración de la instrucción, las diligencias practicadas y las conclusiones del instructor, acceder a una acumulación "daría lugar a la reapertura de la instrucción con posible nueva retransformación del procedimiento del jurado".
En esta línea, apunta a que el fiscal desde un inicio consideró que las conductas de los imputados en la 'causa de los trajes' eran "perfectamente escindibles" del procedimiento principal "sin que tras dos años de instrucción se indique que exista una concreta y tangible alteración de los mencionados hechos" y añade que tampoco existe una "identidad subjetiva" porque no coinciden las personas a las que se podría atribuir las infracciones.
De hecho, considera que solamente es a Betoret a quien se atribuye además del cohecho pasivo impropio otros posibles delitos de cohecho y prevaricación, aunque dado que las circunstancias que concurren en él no afectarían al resto de acusados en la 'causa de los trajes', no tienen por qué ver dilatado el procedimiento. En este caso, señala que el instructor podrá valorar si en la audiencia preliminar del 12 de julio estas conclusiones puedan ser reconsideradas y si es procedente acordar una pieza separada, singularmente en relación con Betoret.