Una irlandesa rescinde la compra de un piso en Marbella impugnado por posible irregularidad urbanística

Actualizado: lunes, 25 marzo 2013 13:59

El Supremo le ha dado la razón porque esta impugnación demoró la licencia de primera ocupación y le generó una larga incertidumbre

MADRID, 25 Mar. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo ha vuelto a dictar sentencia a favor del comprador de una vivienda que decidió resolver el contrato de adquisición ante la incertidumbre generada por el hecho de no disponer de la licencia de primera ocupación y no prever su obtención en un plazo razonable, pese a que las partes no habían pactado previamente que el vendedor estuviera obligado a entregar dicha licencia.

De esta forma, el alto tribunal viene a confirmar una sentencia anterior, de septiembre de 2012, que vino a fijar la actual jurisprudencia, relacionada con la misma promoción de viviendas, en la que además había sido parte la misma vendedora (Marbella Vista Golf.S.L).

En este caso, la compradora de la vivienda en la localidad malagueña es una ciudadana irlandesa que tras adquirir el inmueble en 2004 y haber adelantado parte del dinero requerido por la vendedora, aún tenía pendiente de pago cerca de 109.000 euros.

La Audiencia Provincial ya había dado la razón a esta ciudadana, declarando resuelto el contrato y ordenando a la promotora las cantidades anticipadas.

Ahora, el Supremo confirma que, aunque las partes no contemplaron expresamente en el contrato el carácter esencial de la licencia de primera ocupación, "la falta de esta debe valorarse con ese carácter esencial, y por ende, permite justificar la resolución del comprador".

La clave, según indica el alto tribunal, es que existían "obstáculos para la concesión de la licencia (que no fue obtenida hasta 2012), derivados de posibles irregularidades urbanísticas", ya que la licencia de obras fue impugnada por supuesta ilegalidad.

Finalmente, este permiso de primera ocupación fue presentado con fecha de junio de 2012 y era incompleto, puesto que no comprendía las piscinas comunitarias.

Según el Supremo, lo reciente de este permiso demuestra que la compradora no contó con la preceptiva licencia durante largo tiempo, con lo que se encontró en una situación de "incertidumbre durante largo tiempo mantenida", que "debe posibilitar que se aparte del contrato y que se no pueda ser obligada a escriturar y pagar el resto del inmueble".