El autoconsumo financiará tecnologías de respaldo y será controlado mediante un nuevo registro administrativo
MADRID, 18 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Industria, Energía y Turismo cargará con un nuevo "peaje de respaldo" a los usuarios con autoconsumo conectados a la red que generen la electricidad para uso propio, según consta en el real decreto que regulada esta actividad, al que ha tenido acceso Europa Press.
El autoconsumidor pagará este nuevo peaje por la electricidad que produzca para su propio consumo. Cuando la vierta a la red, deberá pagar el peaje a la generación, mientras que para la electricidad que consuma desde la red, una vez calculados los saldos netos, pagará el habitual peaje de acceso.
El nuevo "peaje de respaldo" se aplica con el argumento de que, desde el momento en el que el autoconsumidor está conectado al sistema eléctrico, está disfrutando del respaldo que le ofrece el conjunto de la infraestructura, "aun cuando esté consumiendo electricidad producida por su instalación de generación asociada".
Mediante este "peaje de respaldo", los autoconsumidores tendrán que hacer frente, "al igual que el resto de los consumidores, a los costes del sistema eléctrico, incluyendo aquellos necesarios para financiar las tecnologías de respaldo", indica la norma.
En la memoria del real decreto, Industria explica que esta nueva carga irá destinada tanto a contribuir a la cobertura de los costes del sistema, como hace el resto de los consumidores, como "a retribuir la función de respaldo que requiere el sistema para garantizar el balance entre generación y demanda en tiempo real".
El nuevo peaje de respaldo se calculará teniendo en cuenta el término variable de los peajes de acceso, el valor de los pagos por capacidad que le corresponda y el precio estimado de los servicios de ajuste.
HORARIOS Y POTENCIA.
Industria ofrece en el real decreto un cuadro con los distintos importes del peaje, que van de los 0,04 euros por kilovatio hora (kWh) para el grupo tarifario 3.0 a los 0,089 euros para potencias inferiores a los 10 kilovatios (10kW). Habrá también, para la mayor parte de los perfiles, tres periodos distintos de pago.
En todo caso, Industria irá determinando la cuantía de este peaje, y los ingresos que se obtengan se trasladarán a las liquidaciones de los costes e ingresos del sistema eléctrico. Con el objeto de desarrollar distintas modalidades de autoconsumo, se podrán aprobar reducciones temporales de estos peajes.
Para las instalaciones de cogeneración, con el objetivo de incentivar estas tecnologías, habrá una exención del pago del nuevo "peaje de respaldo" hasta diciembre de 2019.
CONSUMIDOR Y PRODUCTOR, EL MISMO.
La norma también establece que el consumidor en régimen de autoconsumo y el productor de electricidad deben ser la misma personal física o jurídica, al tiempo que solo se podrá usar una tecnología, aunque sea en distintas instalaciones, por cada referencia catastral.
Esto supone que no podrá ser compatible tener una placa solar fotovoltaica como otras modalidades, como la solar térmica, la geotermia, la eólica y, según la lista ofrecida por Industria, la energía de las olas, de las mareas, de las rocas calientes, la oceanotérmica o la de las corrientes marinas.
SIN CONTRAPRESTACIÓN.
La norma indica además que las nuevas instalaciones de cogeneración podrán tener una potencia máxima de 100 kilovatios (kW), salvo excepciones, y que la energía que produzca el autoconsumidor y que no sea consumida por el mismo usuario no podrá llevar aparejada contraprestación económica alguna.
La norma también crea un nuevo registro para el autoconsumo con el objeto de supervisar una actividad de difícil supervisión. Los que autoconsuman y estén conectados a la red tendrán dos meses para registrarse si no quieren que se les corte el suministro. Habrá además un contrato específico entre el comercializador y el autoconsumidor.