El banco tendrá que recalcular la cuota como si el índice aplicado fuera el Euríbor más el diferencial pactado del 0,5%
MADRID, 10 May. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a Bankia a sustituir el IRPH Entidades por el Euríbor en un contrato hipotecario firmado entre la demandante y Caja Madrid en 2005 y le obliga a recalcular la cuota como si el índice aplicado fuera el Euríbor, más el diferencial pactado del 0,5%.
La sala confirma de este modo la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 71 de Madrid, que daba la razón al demandante, miembro de la Asociación de Usuarios Afectados por Permutas y Derivados Financieros (ASUFIN).
Los hechos se remontan a diciembre de 2005, cuando la afectada suscribió con Caja Madrid (integrada ahora en Bankia) un préstamo con garantía hipotecaria por importe de 90.000 euros, a devolver en 30 años y 360 cuotas mensuales, en la que existía un periodo inicial de plazo fijo al 3,5% de interés, y uno variable anualmente con un tipo del 0,5%.
Tras estudiar el caso, la Sala entiende que si la cláusula puesta en cuestión se lee "de forma aislada" es "clara" desde un punto de vista "estrictamente gramatical" el concretar el índice que se tomará como referencia para el pago de intereses.
Sin embargo, considera que esta condición "comporta un evidente desequilibrio para las partes" a favor de la caja y detalla que, al aplicar la doctrina del Tribunal Supremo, cumple las características de "falta de transparencia".
La sentencia --que Bankia recurrirá ante el Supremo-- explica que la situación económica de la afectada habría sido "más favorable y muy diferente" si la entidad le hubiera aclarado los beneficios de vincular su hipoteca al Euríbor, en vez de al IRPH. El juez cree, además, que la caja sabía que el Euríbor "caería considerablemente".
"Una cláusula 'incorporable' e 'incorporada' al contrato, cuando se refiere a elementos esenciales del mismo, puede no ser válida porque se considere que no es transparente", resume.