Los contribuyentes que inviertan en el MAB podrán deducirse hasta el 20% de la inversión realizada en el IRPF
MADRID, 11 Mar. (EUROPA PRESS) -
La Comunidad de Madrid subvencionará hasta el 50% de los gastos de las pymes que quieran cotizar en el Mercado Alternativo Bursátil (MAB) con el objetivo de mejorar su financiación y su competitividad, informó hoy el Ejecutivo regional.
Las ayudas, que ascienden a 480.000 euros para 2010, se destinarán a subvencionar hasta el 50 por ciento de los gastos para que la empresa cotice en bolsa con los requisitos que establece la legislación, pero la cuantía total de la misma no podrá ser superior a 80.000 euros por empresa solicitante.
El desembolso de las ayudas se hará en el momento posterior a la colocación de cotización de la pyme en bolsa y los gastos subvencionables serán los honorarios de abogados, auditores y asesores registrados, excluidos impuestos indirectos y sobre la renta de las personas físicas, y que estén relacionados con las solicitudes de incorporación al MAB efectuadas por los beneficiarios en el año 2010.
Asimismo, las empresas deben estar constituidas como sociedades autónomas y no pueden estar participadas por otras que coticen en Bolsa, salvo que dicha cotización sea inferior al 50%.
El portavoz del Gobierno y consejero de Cultura y Deporte, Ignacio González, destacó hoy que el MAB representa "una oportunidad excelente de financiación en un contexto de restricción de liquidez en la economía española" y defendió que "abre una ruta de financiación alternativa".
Además, consideró que esta línea de subvención responde a la necesidad de que los poderes públicos lleven a cabo políticas de apoyo a las pymes tendentes a favorecer su desarrollo y potenciar su crecimiento, y explicó que da respuesta al mandato de la Asamblea de Madrid, que en una de las resoluciones aprobadas instaba a continuar con la dinamización de los sectores económicos de la región.
Esta medida también se enmarca dentro del Acuerdo para la Competitividad de la Economía y la generación de empleo en la Comunidad de Madrid, firmado entre el Ejecutivo Regional y los agentes sociales firmado el 29 de diciembre.
La búsqueda de financiación a través de la Bolsa es parte integral de las medidas propuestas para el desarrollo empresarial de la Comunidad de Madrid y complementa las medidas ya adoptadas para la estimulación de desarrollo empresarial de Madrid, a través de deuda y capital, para cada una de las etapas de crecimiento de una compañía, defendió el Ejecutivo autonómico.
MERCADO ALTERNATIVO
Las pymes representan más del 75% del PIB de España y en la Comunidad de Madrid se encuentran domiciliadas más de una cuarta parte de las compañías españolas susceptibles de cotizar en el MAB.
El MAB se caracteriza por ser un sistema de negociación operado por las Bolsas, promovido por Bolsas y Mercados Españoles (BME) y supervisado por la CNMV, dirigido a inversores institucionales y particulares, que proporciona financiación, visibilidad y liquidez y valoración y con un régimen de información y contratación adaptado a las singularidades de este tipo de empresas.
El objetivo de este tipo de mercado no es tanto sustituir el crédito a corto plazo, para remediar los problemas de circulante que tanto asfixian a las pymes, sino suplir la necesidad de recurrir a recursos ajenos para inversiones en proyectos a largo plazo. Es, por tanto, un marco adecuado para empresas relacionadas con la I+D+i, las tecnologías de la información, la biotecnología y la biofarmacia.
González recordó que la presidenta, Esperanza Aguirre, anunció en el Pleno monográfico sobre la Crisis Económica, que los contribuyentes que inviertan en la Bolsa en la que cotizan las pequeñas y medianas empresas necesitadas de financiación, de reciente creación, podrán deducirse hasta el 20 por ciento de la inversión realizada en el IRPF, con un límite de deducción de 10.000 euros anuales (equivalente a una inversión de 50.000 euros).
Para evitar inversiones especulativas, la deducción requiere que el contribuyente mantenga las acciones en su patrimonio personal durante un periodo de dos años, como mínimo. Para beneficiarse de la deducción, las inversiones deben realizarse entre el 23 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2010.
El ahorro de esta deducción está en función de las inversiones que reciban las empresas madrileñas que cotizan en el MAB. De esta forma, una persona que invierta 50.000 euros, se ahorrará 10.000 euros en su declaración de la renta.