El gestor privado de los seguros a la internacionalización no podrá prestar el mismo servicio para otro país

Actualizado: miércoles, 2 octubre 2013 18:18

MADRID, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

El gestor privado que se hará cargo de los seguros a la internacionalización que actualmente ofrece la Compañía Española de Seguro de Crédito a la Exportación (Cesce) no podrá estar prestando el mismo servicio para otro país, tal y como se establece en la memoria de impacto normativo del proyecto de ley de Cobertura por cuenta del Estado de los riesgos de la internacionalización de las empresas, que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 20 de septiembre.

Dicha norma prevé la creación de la figura del Agente Gestor, una entidad designada por el Gobierno para gestionar en su nombre estos seguros, que entrará en funcionamiento tras un plazo transitorio de siete años --ampliable a otros tres-- durante los cuales será el propio Cesce el que ocupe esta posición para asegurar la estabilidad de la cobertura, de manera que se pueda definir claramente su posicionamiento empresarial de cara a "facilitar el proceso de venta en las mejores condiciones posibles".

A la hora de seleccionar al operador privado que tome el relevo al Cesce, el Gobierno tendrá en cuenta la "maximización de la eficacia en la gestión de la cuenta del Estado", con las restricciones que el control público del sistema de apoyo oficial a la internacionalización exige y evitando que recaiga "en manos de empresas que gestionan el mismo servicio para otros estados, lo que podría dar lugar a conflictos de intereses", según se apunta en la memoria normativa, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Y es que entre las funciones principales del Agente Gestor se cuenta la gestión en exclusiva de un "servicio de interés económico general", por lo que deberá preservar "prioritariamente" los intereses de la política comercial española

CONTROL DE RIESGOS

Además, para garantizar el control de esta gestión, se creará la Comisión de Riesgos por Cuenta del Estado, un órgano colegiado interministerial presidido por el secretario de Estado de Comercio, a través del que la Administración instruirá al Agente Gestor.

Aunque el Agente Gestor tendrá independencia operativa con carácter general, para las operaciones de "especial relevancia" por su importe, naturaleza, país de destino, concentración de riesgo, elevado impacto potencial en la deuda externa u otros, será la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la que acordará los criterios de cobertura y gestión de riesgos.

Con carácter general, se mantendrá el tipo de seguros que podrá expedir el Agente Gestor, que se centrarán en cubrir riesgos comerciales (incumplimientos contractuales por entidades privadas extranjeras), políticos (situaciones económicas críticas, guerra, alteraciones de la balanza de pago o de la paridad monetaria, expropiaciones, etc.) o extraordinarios (desastres naturales y riesgos catastróficos).

No obstante, a partir de la entrada en vigor de la nueva ley se aplicará un principio de subsidiariedad, en virtud del cual el Estado no podrá cubrir los riesgos definidos como negociables, es decir, aquéllos que pueden ser cubiertos por la iniciativa privada.

FONDO DE RESERVA

Por otra parte, el proyecto de ley prevé la puesta en marcha de un Fondo de Reserva de los Riesgos de la Internacionalización de titularidad estatal para facilitar la gestión de los recursos destinados a esta materia y "mejorar la calidad crediticia" de los mismos "sin que ello implique coste adicional alguno para el Estado".. La administración de este fondo estará en manos del Consorcio de Compensación de Seguros.

Según la memoria normativa, el fondo se nutrirá de los recobros y primas netas de remuneración, de eventuales rentas patrimoniales y de una consignación de crédito de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) para posibles desviaciones, aunque el objetivo es que "a medio plazo" sea "plenamente sostenible". Además, "en la medida en que las indemnizaciones no reduzcan el saldo del fondo por debajo del saldo mínimo se prevé no hacer uso de las dotaciones presupuestarias".

El Agente Gestor podrá acudir a esta reserva para hacer frente al pago de coberturas, cuyo límite estará fijado como hasta ahora por los Presupuestos anuales. En cualquier caso, el Gobierno prevé que la norma no tenga impacto económico en el corto plazo, aunque en el medio término espera una mejora de la competencia y, por tanto, un "efecto positivo sobre costes y calidad del servicio".

IMPACTO ECONÓMICO

En concreto, se espera que el único coste nuevo provenga de los gastos de gestión del fondo de reserva, que se estiman en 274.900 euros anuales, un 0,055% del volumen del propio fondo, de donde saldrían los recursos para remunerar al Consorcio de Compensación de Seguros.

Esta cantidad proviene, por una parte, de los costes de gestión (250.000 euros anuales para un volumen de activos medio de 500 millones) y, por otra, de los costes operativos (24.900 euros anuales para un volumen de gestión de 500 millones, cien operaciones anuales en mercado y 30 reclamaciones de impuestos extranjeros".

La auditoría de cuentas quedaría en manos de la Intervención General del Estado, y en cualquier caso no se prevé que la privatización del Cesce conlleve incrementos de costes ni de personal, ni que modifique el impacto presupuestario actual del seguro de crédito, que en 2012 ascendió a 6.575,3 millones de euros.

En concreto, las primas cobradas por el Cesce el año pasado ascendieron a 105,7 millones de euros, los siniestros pagados sumaron 55,2 millones y los recobros alcanzaron los 73,4 millones, siendo el flujo neto favorable al Estado por 102,7 millones de euros, tras fijarse un límite de contrataciones de 9.000 millones.

Además, a 31 de diciembre de 2012, la cartera de riesgos en vigor ascendía a 17.171 millones y el flujo neto acumulado a favor del Estado desde 1984 ascendía a 2.734,6 millones.

UNA NORMA NECESARIA

En la memoria, el Ejecutivo destaca que el objetivo del proyecto de ley es lograr una mayor eficacia en las políticas de internacionalización de la economía española, contribuir a la política de consolidación fiscal y racionalización del sector público y adaptarse a las normas que rigen en la mayoría de los países del Consenso OCDE.

Según el Gobierno, la nueva normativa es "un instrumento esencial, sobre todo en un momento de gran dinamismo de las exportaciones que no sólo es coyuntural, sino también estructural a medio plazo", y supone la adaptación de la normativa a la nueva situación de la economía internacional, donde las operaciones son más complejas de lo que era en la década de los 70, cuando fue creado el Cesce.

Asimismo, se complementa la financiación privada en estos momento de insuficiencia de recursos para financiar las operaciones de comercio e inversiones y se crea un marco regulador claro y, al mismo tiempo, flexible.

Leer más acerca de: