Economía/Legal.- (Ampl.) La Audiencia Nacional exime al Estado de indemnizar a los afectados de Fórum y Afinsa

Actualizado: viernes, 5 febrero 2010 13:21

El fallo concluye que la supervisión de las filatélicas no correspondía al Ministerio de Economía y al Banco de España

MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Nacional ha concluido que el Estado no incurrió en responsabilidad patrimonial por no regular la actividad de Fórum Filatélico y Afinsa durante los más de 25 años en los que estuvieron operando, por lo que le exime de pagar los cerca de 3.500 millones de euros que reclamaban los afectados, según la sentencia dictada hoy.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado un total de 570 recursos presentadas por más de 200.000 perjudicados contra el Estado. El número total de afectados fue de 460.000 personas y el agujero patrimonial de las empresas alcanzó los 4.600 millones de euros.

Los magistrados han concluido, por unanimidad, que la actividad desarrollada por Fórum y Afinsa era de naturaleza mercantil, por lo que el Ministerio de Economía y Hacienda, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Agencia Tributaria carecían de competencia de supervisión y control sobre la actividad.

Los afectados alegaban que las empresas estaban sujetas al artículo 26 bis de la LMV, aprobado en 1998 y derogado en 2005, que establecía que cualquier captación de ahorro debía estar regulada por la CNMV, o por la Ley de Disciplina e Intervención del Banco de España.

El tribunal rechaza así que las filatélicas actuaran como bancos captando ahorro del público y concluye que los contratos suscritos por los clientes estaban sujetos a la Ley General de Consumidores y Usuarios y, en concreto, a la disposición adicional cuarta de la Ley 35/2003, de Instituciones de Inversión Colectiva. La sentencia también desestima la obligación del Ministerio de Sanidad y Consumo de desarrollar una legislación específica.

LA TOLERANCIA NO ASEGURABA LA SOLVENCIA.

La sentencia concluye que "la tolerancia por parte de las autoridades administrativas e incluso el respaldo oficial, más o menos explícito, a este tipo de inversiones no aseguraba la solvencia económica de dichas empresas, que operaban libremente en este mercado, ni obligaba al Estado por el principio de confianza legítima a responder de la insolvencia sobrevenida de las mismas".

Así, el fallo recuerda que las presuntas actividades delictivas sólo pueden imputarse a los responsables de Fórum y Afinsa, y que serán los jueces Baltasar Garzón y Santiago Pedraz los que determinen su responsabilidad penal por presuntos delitos de estafa, insolvencia punible, fraude a la Hacienda Pública y falsedad documental.

El dictamen advierte de que sólo podrán recurrir en casación ante el Tribunal Supremo aquellos recurrentes cuyo principal reclamo exceda de 150.000 millones de euros. Las principales asociaciones de consumidores anunciaron que recurrirán el fallo, lo que retrasaría una decisión definitiva cerca de tres años.

El tribunal encargado de dictar sentencia está presidido por el magistrado Diego Córdoba Castroverde y formado por Francisco Díaz Fraile y Fernando de Mateo Menéndez.

La Audiencia Nacional intervino las dos empresas el 9 de mayo de 2006. Ambas empresas están actualmente en proceso de liquidación concursal dictados por los Juzgados de lo Mercantil de Madrid. Los afectados de Afinsa podrán recuperar hasta el 30% del total invertido, mientras que los de Fórum cerca de un 10%, tras su liquidación.