MADRID 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
El consejero delegado del Santander, Alfredo Sáenz, pedirá en nombre propio el indulto del Gobierno para evitar la ejecución de las sentencias por las que se le condena a tres meses de prisión e inhabilitación, según fuentes jurídicas consultadas por Europa Press.
Sáenz solicitará próximamente dicho indulto para evitar tener antecedentes penales y verse obligado a cesar como consejero delegado del Santander debido a la normativa bancaria vigente, de cuyo cumplimiento vela el Banco de España.
La solicitud del indulto de Sáenz se basará en que las penas impuestas son muy breves, pero podrían tener consecuencias administrativas mientras se resuelve el recurso de amparo que presentará ante el Tribunal Constitucional (TC) contra las sentencias de la Audiencia Provincial de Barcelona y del Tribunal Supremo.
El consejero delegado del Santander esgrimirá previsiblemente a favor del indulto la existencia de razones de justicia, equidad y utilidad pública que establece la normativa, entre las que figura su dilatada trayectoria profesional, que podría verse truncada.
Precisamente, los hechos objeto de las sentencias que se van a recurrir en amparo al TC se produjeron cuando Sáenz era administrador provisional de Banesto, nombrado por el Banco de España, hace 17 años, tras la intervención de la entidad presidida entonces por Mario Conde.
Entre las causas que justifican la concesión del indulto pueden figurar tanto la dilación de la administración de Justicia como la desproporción de la pena y las circunstancias que concurren en la trayectoria del condenado.
La petición de indulto es una medida de gracia de carácter excepcional que otorga el Rey y que ha de conceder el Gobierno en Consejo de Ministros, que "no implica que el condenado esté conforme con la sanción cuya remisión pide", indicaron las fuentes.
El indulto supone la remisión total o parcial de la condena, y puede pedirlo el afectado, como es el caso, o cualquiera en su nombre. Su concesión se hace por real decreto y se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
RECURSO DE AMPARO ANTE EL TC.
Con independencia de la solicitud del indulto, Sáenz presentará un recurso de amparo ante el TC contra ambas sentencias por considerar que vulneran su derecho a la presunción de inocencia y alegará que se basan en conjeturas, como que el condenado tenía que conocer los hechos en función de su puesto.
Asimismo, dicho recurso argumentará, previsiblemente, que la sentencia se basa en testimonios de personas que no dijeron lo que la sentencia afirma, así como que vulnera el derecho de tutela judicial efectiva al guardar silencio sobre el hecho de que los querellantes habían planteado otra querella en la que imputaban a Banesto un falso cohecho.
Otra vulneración denunciada en el recurso del consejero delegado podría ser la del derecho de los acusados a un proceso con todas las garantías, al tardar siete meses en dictar sentencia desde que se concluyó el juicio oral.
Además, recogerá con probabilidad la argumentación del voto particular contenido en la sentencia en contra de la condena formulado por el magistrado José Manuel Macha, para quien "no existe prueba de cargo suficiente para condenar" a los dos antiguos ejecutivos y al abogado de Banesto por la existencia del delito de denuncia falsa ni para demostrar su participación en los hechos.
En su argumentación, de 58 páginas, el juez concluye que la sentencia tendría que haber "acordado la absolución de todos ellos" y critica la "improcedencia de las penas impuestas" en la sentencia, al considerar que existió una "atenuante muy calificada de dilaciones indebidas" en el proceso judicial.
El magistrado muestra su preocupación por que esta sentencia provoque que "en un futuro" hechos correspondientes a la jurisdicción civil, como son las reclamaciones de deuda, "se planteen ante el tribunal penal, de forma incorrecta desde el punto de vista de su calificación como delictiva".
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado al consejero delegado del Banco Santander, Alfredo Sáenz, a tres meses de prisión e inhabilitación por un delito de acusación falsa formulada contra unos acreedores de Banesto cometido cuando era presidente de dicha entidad en 1994.
La sentencia, hecha pública hoy, estima parcialmente el recurso de casación presentados por la partes y rebaja en tres meses la condena de cárcel impuesta por la Sección Tercera de la Audiencia de Barcelona en diciembre de 2007 al ex presidente de Banesto al concluir que no existió estafa procesal.
El Supremo condena también con la misma pena al ejecutivo de Banesto Miguel Angel Calama y al letrado Rafael Jiménez de Parga. Todos ellos deberán pagar una multa de 400 euros frente a la de 100.000 euros impuesta por la sentencia anterior.