El ICO tendrá diez vocales del ICO y al menos cuatro tendrán que ser independientes

Actualizado: lunes, 20 julio 2015 13:37

MADRID 20 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno ha decidido elevar de nueve a diez los vocales del Consejo General del Instituto de Crédito Oficial (ICO), cuatro de los cuales deberán ser además independientes, es decir, no ser personal al servicio del sector público.

Así consta en una de las 20 enmiendas que el PP ha registrado en el Congreso al proyecto de ley de Régimen Jurídico del Sector Público, a la que ha tenido acceso Europa Press y con la que se propone modificar el decreto ley de Medidas Urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera de diciembre de 1995, con el que se creó el ICO.

En dicha norma sólo se reguló la naturaleza y régimen jurídico del ICO, sus funciones, recursos y régimen de personal, y se dejó para un real decreto, de abril de 1999, la aprobación de los estatutos del ICO y su adaptación a la Ley de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Sin embargo, ahora los 'populares' proponen modificar algunos aspectos relativos al Consejo General, cuya función principal es regir el Instituto y dirigir su administración y gestión.

MÁS VOCALES

Así, el Consejo General pasará de nueve a diez vocales, además del presidente, el secretario y, en su caso, el vicepresidente, cuyo papel no se regula, como sí sucede en el real decreto de 1999. Tampoco se menciona en la enmienda ningún aspecto relativo a sus remuneraciones.

No obstante, el PP sí propone dejar negro sobre blanco que "todos los integrantes del Consejo General actuarán siempre en interés del ICO" y plantea que cuatro de los diez vocales deban ser independientes con un mandato de tres años renovables una sola vez.

Cada uno de los vocales independientes dispondrá de "dos votos exclusivamente para la adopción de acuerdos relativos a operaciones financieras de activo y pasivo propias del negocio del Instituto".

Junto con un "reconocido prestigio", los aspirantes a estos puestos tendrán que demostrar "competencia profesional en el ámbito de actividad del ICO", y ya no deberán estar al servicio de las administraciones públicas como prevé la normativa actualmente en vigor.

NOMBRAMIENTOS Y CESES

Los nombramientos de los vocales pasarán a ser potestad del Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Economía, que es el que hasta ahora elegía a los vocales. Mientras que las causas de cese de estos vocales deberá regularse reglamentariamente.

No obstante, los consejeros que a la entrada en vigor de estos cambios formen parte del Consejo General "continuarán en el ejercicio de sus funciones hasta que se nombre a quienes hubieran de sucederles", añade el PP.

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