Hasta ahora los Presupuestos limitaban a tres años los contratos temporales y los restringían a servicios públicos esenciales
MADRID, 30 May. (EUROPA PRESS) -
El PP y el PSOE han acordado eliminar las restricciones a la contratación temporal y de personal interino en las Administraciones y en las empresas, sociedades y fundaciones públicas que figuraban en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2017.
De esta forma, según una enmienda acordada por los dos principales partidos del Congreso y a la que ha tenido acceso Europa Press, la redacción final del artículo 19 de la Ley de Presupuestos prohíbe la contratación de personal temporal y el nombramiento de personal estatutario temporal y de funcionarios interinos, "excepto en casos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables".
Al poner ahí el punto final, se eliminan las restricciones contempladas anteriormente para limitar este tipo de contratos a sectores que pudieran ser considerados prioritarios o que afectaran al funcionamiento de los servicios públicos.
Asimismo, también se excluyen sus límites temporales, ya que la duración de los contratos estaba restringida a menos de tres años, impidiendo también el encadenamiento de contratos durante más tiempo. Esta limitación había sido acordada por el PP y Ciudadanos, y secundada por PNV y UPN en la Comisión de Presupuestos, por lo que fue incorporada al proyecto de Presupuestos.
Ahora, a su paso por el Pleno del Congreso, el Gobierno ha aceptado eliminar tanto la restricción sectorial como la duración máxima y la prohibición de encadenamiento de contratos más allá de los tres años.
AFECTA A EMPRESAS Y FUNDACIONES PÚBLICAS
De la redacción anterior desaparece asimismo la posibilidad de imponer sanciones y de exigir responsabilidades por actuaciones irregulares de los órganos de personal competentes de cada una de las administraciones y de las entidades del sector público.
Y, además, al estar incluida en el artículo 19 de la Ley de Presupuestos que se refiere a la contratación de personal en el sector público, esta prohibición afectará a las sociedades estatales, las sociedades mercantiles públicas, los consorcios y las fundaciones públicas.