Rosell defiende el contrato de apoyo a emprendedores y recuerda que está prevista su desaparición

El presidente de CEOE, Juan Rosell
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Publicado: jueves, 5 julio 2018 10:44

MADRID 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

El presidente de la CEOE, Juan Rosell, ha defendido este jueves la utilidad del contrato de apoyo a emprendedores, creado en la reforma laboral de 2012 y que el Gobierno de Pedro Sánchez se ha propuesto derogar, porque, según ha destacado, ha permitido crear alrededor de un millón de nuevos empleos en empresas de menos de 50 trabajadores.

"Está muy claro que este contrato ha servido", ha afirmado Rosell en declaraciones a la cadena SER recogidas por Europa Press. El dirigente empresarial ha destacado que los puestos de trabajo creados con este contrato "básicamente han pasado después a ser fijos".

Rosell ha recordado además que la reforma laboral limitó en el tiempo este contrato, pues desaparecerá una vez que la tasa de paro -en términos EPA- baje del 15%. "Este contrato va a desaparecer, por tanto no discutamos de cosas que están previstas que pasen", ha apuntado el líder de la CEOE.

La secretaria de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas, anunció el pasado martes que el Gobierno derogará el contrato de apoyo a emprendedores porque esta figura contractual, "tal y cómo está diseñada", no responde al objeto que perseguía e "introduce precariedad".

Pese a que esta modalidad cuenta con "muy favorables condiciones de contratación e incentivos económicos atractivos", el Gobierno entiende que este contrato "ni ha dado los frutos deseados ni ha conseguido frenar la temporalidad".

El contrato indefinido de apoyo a emprendedores cuenta con un periodo de prueba de un año que, en el caso de no ser superado, no contempla indemnización alguna para el trabajador.

Esta modalidad ofrece una serie de ventajas al empresario para incentivar su uso, como el periodo de prueba de un año, bonificaciones y otras ventajas fiscales.

Desde su creación, los sindicatos vienen denunciando que se trata de "contrato temporal encubierto", con despido "gratuito", y que muchos contratos de esta naturaleza no se mantienen transcurrido el periodo de prueba.

Este contrato lo pueden efectuar aquellas empresas que tengan menos de 50 trabajadores en el momento de la contratación.

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