MADRID 7 Jun. (EUROPA PRESS) -
El consejo de administración de Bankia presidido por Rodrigo Rato podría enfrentarse a penas de entre uno y seis años de prisión por un presunto delito de falsedad en el folleto informativo de salida a Bolsa de la entidad, incluido en la reforma del Código Penal aprobada en junio de 2010 y tipificado en el artículo 282 bis.
El despacho madrileño V Abogados informó a Europa Press que está estudiando iniciar acciones legales ante la Audiencia Nacional contra Bankia y las personas jurídicamente responsables de su Oferta Pública de Venta (OPV), materializada el 11 de julio de 2011 tras realizar una "intensa" campaña de venta de títulos a minoristas a través de las sucursales.
"Todo indica que las cuentas auditadas y presentadas junto con el folleto no reflejaban la imagen fiel del banco, lo que ha podido provocar que miles de personas compraran acciones de Bankia sin saber que la entidad estaba pasando por serías dificultades económicas, como se está comprobando pocos meses después", explicó el bufete, que recordó que los accionistas han perdido el 70% de lo invertido. Las acciones salieron a cotizar a un precio de 3,75 euros y actualmente valen 1 euro.
Los abogados consideran responsables del presunto engaño a los 18 miembros del consejo de administración que dirigieron la salida a Bolsa de Bankia, de los que 16 dimitieron en bloque el pasado 25 de abril tras la nacionalización de la entidad. Entre ellos, se encontraban representantes de PP, PSOE, IU, CCOO y consejeros de las siete cajas que conformaron Bankia.
Además, también considera responsable a la auditora Deloitte, que a principios de mayo se negó a firmar las cuentas de BFA-Bankia de 2011 al detectar sobrevaloraciones de activos por importe de 3.500 millones de euros, después de que la entidad anunciara un beneficio de 300 millones de euros en febrero. Este hecho desembocó en la dimisión de Rodrigo Rato el 7 de mayo.
Los abogados también consideran responsables a los cuatro bancos que coordinaron la salida a Bolsa de Bankia: Deustche Bank, JP Morgan, UBS y Bank of America Merrill Lynch, así como a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y al Banco de España por fallos en la supervisión de la operación.
"La investigación penal tendrá que determinar si hubo una intención real de engañar a los inversores", explicó el socio de V Abogados, Santiago Viciano.
En caso de no poder probar esta intencionalidad, los hechos supondrían una infracción civil por incumplimiento de la obligación de ofrecer una información veraz en el folleto, establecida en los artículos 26, 27 y 28 de la Ley del Mercado de Valores. El despacho también presentará acciones ante los juzgados de lo mercantil.
DELITO TODAVÍA POR APLICAR.
Viciano explicó que el nuevo Código Penal tipificó este nuevo delito de falseamiento de cuentas en el folleto para "unificar los delitos económicos" como la estafa y la falsedad documental, entre otros, en empresas cotizadas, y señaló que no ha sido aplicado todavía por los tribunales españoles.
"Este delito específico ya existe en países como Alemania e Italia", afirmó Viciano, quien añadió que con él se asegura que las empresas cotizadas ofrezcan a los inversores una imagen fiel de su patrimonio, tal y como obliga el Código de Comercio y el Plan General Contable.
Este delito castiga con penas de uno a cuatro años de prisión en su tipo simple y hasta seis años en su modalidad agravada a los administradores que emitan valores negociados en los mercados, falseando la información económico-financiera contenida en los folletos de emisión sobre sus recursos, actividades y negocios presentes y futuros, con el propósito de captar inversores o depositantes, u obtener financiación por cualquier medio.
(EUROPA PRESS ECONOMIA)