Los cuatro nuevos derechos que tienes como consumidor

Rebajas de verano en Madrid
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 20 junio 2014 19:53

MADRID, 14 Jun. (EUROPA PRESS) -

   Este viernes han entrado en vigor algunas disposiciones de reciente renovada Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios que regula el 'spam' telefónico, las reclamaciones colectivas o el plazo que tenemos como consumidores para dar marcha atrás en un servicio contratado.

   Por ello desde este fin de semana los consumidores tenemos cuatro nuevos derechos: disponemos de más días para desistir de un contrato suscrito; no nos pueden cobrar por las facturas en papel; tampoco contratarnos cosas sin nuestro consentimiento expreso y no podrán llamarnos a casa con ofertas comerciales a horarios intempestivos.

   La norma, que fue aprobada el pasado 27 de marzo y traspone una directiva europea, también establece que los contratos deberán emitirse con letra más grande en caso de que el usuario así lo solicite, y la letra pequeña debe ser superior al milímetro y medio

   Estos son los cuatro nuevos derechos que tenemos como consumidores

1. DERECHO DE DESISTIMIENTO

   En primer lugar, a partir de ahora el derecho de desistimiento pasa de los 7 a los 14 días, es decir, que contamos con casi medio mes para evaluar cualquier contrato que hayamos suscrito y echarnos para atrás si consideramos que no es tan beneficioso como habíamos pensado en un primer momento.

   Durante esas dos semanas podremos renunciar a lo pactado sin necesidad de justificar la decisión y sin poder ser penalizado por ello.

   La nueva norma, además, incorpora un formulario de desistimiento común en Europa, que facilita el ejercicio de este derecho y que se tendrá que facilitar junto con la información previa al contrato.

2. PUBLICIDAD TELEFÓNICA NO DESEADA

   Las empresas ya no podrán molestar a los consumidores en los domicilios con sus llamadas telefónicas antes de las 9 de la mañana ni más tarde de las 21 horas y tampoco en festivos o fines de semana.

   El comercial que nos llame nos deberá indicar la identidad de la empresa, deberá llamar desde un número de teléfono identificable, no privado, y también deberá informar al consumidor de su derecho a manifestar su oposición a recibir ofertas.

   Además la utilización por parte del empresario de técnicas de comunicación que consistan en un sistema automatizado de llamadas sin intervención humana o el telefax necesitará el consentimiento expreso previo del consumidor.

3. FACTURAS EN PAPEL

   Igualmente, con la entrada en vigor de esta ley, las facturas se emitirán sólo en papel, a no ser que el consumidor dé su consentimiento para que sean electrónicas.

   En cuanto al cobro por recibir la factura en papel, esta práctica ha sido considerada abusiva, por lo que ninguna empresa puede cobrar por este concepto ni en los contratos que se firmen a partir de ahora ni en los vigentes.

4. STOP A LAS CONTRATACIONES FRAUDULENTAS

   Por último, la nueva ley de consumo deja claro que debe haber un consentimiento claro y expreso del consumidor para realizar cualquier contratación. De no existir, el consumidor no estará obligado a pagar o bien, por ejemplo en el caso de los suministros, podrá volver a la entidad que tenía contratada anteriormente.