(Ampliación) Uralita deberá pagar 700.000 euros por la muerte de cuatro mujeres contaminadas con amianto

Actualizado: jueves, 19 febrero 2015 19:12

BARCELONA, 19 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia 96 de Madrid ha condenado a la empresa Uralita a pagar más de 700.000 euros a las familias de cuatro mujeres fallecidas por estar en contacto con el amianto al tener que lavar la ropa de sus padres y maridos, trabajadores de la empresa en Cerdanyola del Vallès (Barcelona).

Según la sentencia, recogida por Europa Press, las mujeres murieron por enfermedades provocadas por el contacto con el amianto --asbestosis y mesiotelioma maligno-- al incumplir la empresa con la normativa vigente en materia de protección de la salud de sus trabajadores.

Esta normativa exigía contar con una doble taquilla para separar la ropa de calle con la que estaba en contacto con la sustancia, y que la ropa afectada fuera lavada por la empresa.

Así, no se encargó del lavado de las prendas de ropa de sus trabajadores en contacto con el amianto, con lo que estas cuatro mujeres contrajeron enfermedades por este motivo, ya que la ropa contaminada "es el origen probado de las patologías", ha informado el Col·lectiu Ronda.

Para este colectivo de abogados, la resolución es un "hecho de gran relevancia jurídica" porque desestima la pretensión de la empresa de considerar los hechos prescritos y acredita la legitimidad de los herederos para exigir responsabilidades.

Según el Col·lectiu Ronda, esta sentencia allana el camino para futuras reclamaciones de personas que fueron víctimas del amianto pese a no tener una vinculación laboral con la empresa.

LA EMPRESA RECURRIRÁ

En un comunicado, la empresa ha destacado que el juzgado ha desestimado 17 de las 21 reclamaciones presentadas en la segunda demanda colectiva de vecinos de esta localidad y que haya rebajado "significativamente" la cuantía de indemnización hasta los 704.000 euros frente a los 5,7 millones que reclamaban los vecinos.

Uralita ha anunciado que recurrirá la sentencia que sí reconoce el derecho a indemnización en los casos de cuatro mujeres de trabajadores entre 1971 y 1977, porque hasta 1982, según la empresa, "no existía ninguna normativa sobre el lavado de ropa".

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