MADRID, 12 Ago. (EUROPA PRESS) -
La Agencia de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto a Jazztel una multa de 60.101 euros por reclamar a un antiguo cliente 29,93 euros por una factura emitida después de haber dado de baja su servicio de Internet, según la resolución del proceso sancionador contra el operador a la que tuvo acceso Europa Press.
Los hechos se remontan a septiembre de 2006, cuando la AEPD dictó una resolución en la que se aceptaba la reclamación presentada unos meses antes por el usuario de Jazztel pidiendo la baja de los servicios de Internet que mantenía contratados con el operador y se instaba a la compañía a que emitiera una certificación haciendo constar que se había procedido a la cancelación de los mismos.
Posteriormente, el usuario recibió, a pesar de la cancelación de dicho contrato, varias facturas del operador emitidas en febrero de 2007, que según Jazztel correspondían a dos facturas impagadas en marzo de 2005 y septiembre de 2006, ascendiendo el importe de esta deuda a 29,93 euros. La agencia señala en la resolución que Jazztel no aportó copia de estas dos última facturas impagadas.
Finalmente, la agencia procedió el pasado mes de febrero a incoar un procedimiento sancionador contra Jazztel por presunta infracción de uno de los artículos de la ley 15/1999 que tipifica como grave el "mantener datos de carácter personal inexactos o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos cuando resulten afectados los derechos de las personas que la ley ampara".