ALICANTE, 10 Mar. (EUROPA PRESS) -
El juzgado número 1 de lo Penal de Elche (Alicante) ha absuelto al exalcalde socialista de la ciudad, Alejandro Soler, de los delitos de malos tratos y otros dos de amenazas contra su exmujer, de los que le acusaban Fiscalía y acusación particular y por los que fue juzgado el pasado 26 de febrero. El magistrado considera que ante las versiones "contradictorias" no existe prueba de cargo suficiente contra Soler y que la denunciante mantiene hacia él una "evidente -y mutua- antipatía".
En la sentencia, con fecha de 7 de marzo y hecha pública este lunes, el juez entiende que tanto en el caso de los delitos de amenazas como en el de malos tratos atribuidos a Soler no quedan acreditados "suficientemente" los hechos, dado que existen "versiones contradictorias". En este sentido, sostiene que "no es posible" considerar la declaración de la víctima como prueba de cargo porque existe entre los excónyuges una "evidente --y mutua-- enemistad".
Además, argumenta el juez que la declaración de la exmujer de Soler carece de "prueba adicional", lo que le lleva a dudar de su relato, algo que deriva de la declaración de las partes en la vista y, en especial, por los mensajes de Whattsapp aportados por la defensa al plenario, que ella reconoció haber enviado. Asimismo, tiene en cuanta que queda pendiente un juicio civil por temas pendientes relacionados con la liquidación del régimen de la sociedad de gananciales.
En el caso de la supuesta amenaza en la Nochevieja de 2013, el juez estima que la testigo que llevó la denunciante "no corroboró" la declaración de exmujer, dado que se encontraban en un local con música y porque "se lo dijo al oído", por lo que la testigo "no escuchó nada, que era imposible oír la conversación".
MALOS TRATOS
Sobre los dos delitos de malos tratos, el juez dice en la sentencia que "no se acredita suficientemente los hechos contenidos en la denuncia inicial". Además, argumenta que en el primer caso, ocurrido supuestamente hace tres años, "no aparece corroborado por ningún elemento probatorio como algún testigo o parte médico", por lo que procede dictar sentencia absolutoria al no existir "prueba que permita desvirtuar la presunción de inocencia".
En el segundo caso, supuestamente ocurrido el 9 de febrero, el juez dictamina que la declaración de la víctima no tiene "suficiente entidad ya que no merece credibilidad el testimonio de la misma al no haber sido persistente, clara, concreta y precisa". Estima el juez, que el informe forense "no corrobora" su versión, de acuerdo con la cual, Alejandro Soler la empujó y se golpeó en el codo, "puesto que no ha sido verosímil y persistente".
El juez sí ha tenido en consideración, por último, la versión ofrecida por una vecina que "prestó mucha atención" mientras caminaba junto a una amiga, que "no escuchó gritos o golpes" y que aunque "perdió a Alejandro unos segundos", luego lo vio "tranquilo".