SANTANDER 26 Oct. (EUROPA PRESS) -
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha rebajado una condena por varios delitos de violencia de género debido a que no hubo testigos de algunas de las agresiones, de forma que sólo se pudo contar con el testimonio de la propia víctima.
El fallo estima así un recurso del condenado contra una sentencia anterior del Juzgado de lo Penal número 5 de Santander que le imponía penas que sumaban cuatro años por varios delitos de violencia de género en su modalidad de maltrato habitual.
La sentencia inicial describía como hechos probados un forcejeo, varios golpes y empujones durante los meses que duró la relación. También recoge otra agresión en Beranga, que sí contó con un testigo presencial, por lo que este delito sí implica condena.
Pero en las demás agresiones, la Audiencia entiende que no se puede basar en uno de los testimonios aportados, el de una amiga de la víctima, que presenció varios insultos o cómo el acusado se presentó un día con un cuchillo en la casa sin llegar a agredirla. La testigo también vio los efectos de las agresiones, como lesiones en el ojo, pero no cómo se produjeron.
El fallo sostiene que no se puede utilizar el relato de las agresiones hecho por la propia víctima, ya que no existen elementos que lo corroboren como, además de testigos, la existencia de partes médicos con las lesiones, informes periciales o contactos con asociaciones de ayuda a mujeres maltratadas. En cambio, la agresión de Beranga sí que contó con un testigo que vio como el acusado pegaba puñetazos a su pareja, en la vía pública.
En consecuencia, la Audiencia de Cantabria absuelve al acusado de uno de dos de los delitos, y aplica en otro por los que sí se condena la atenuante de reparación del daño por el abono de una indemnización económica. Así que finalmente la sentencia se queda en dos años y dieciséis meses de prisión, sin aplicar la atenuante.