Actualizado 08/01/2010 17:11

Siete meses de prisión a una mujer por agredir a patadas y con un paraguas a su ex pareja

SANTANDER 8 Ene. (EUROPA PRESS) -

La sección tercera de la Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete meses y quince días de prisión a una mujer que agredió a patadas y con un paraguas a su ex pareja, con quien a pesar de que había cesado la relación sentimental, convivía en el mismo domicilio.

La sentencia estima así parcialmente el recurso que el Ministerio Fiscal presentó contra el fallo del Juzgado de lo Penal número 1 de Santander que condenó a la acusada a seis meses de prisión como autora de un delito de violencia doméstica en su modalidad de maltrato físico.

Según recoge como hechos probados la sentencia de apelación, la acusada, N.A.R., había mantenido una relación sentimental con la víctima, con quien tuvo dos hijos. Aunque habían cesado la relación sentimental, convivían en su domicilio de Torrelavega.

Sin embargo sus discusiones eran contínuas y la noche del 24 de junio de 2007, tras una nueva disputa, su ex compañero se fue del domicilio al que regresó a la mañana siguiente. Antes de marcharse al trabajo, sobre las 7.00 horas, la acusada agredió a su ex pareja golpeándole con un paraguas y propinándole patadas en los testículos y golpes en el pómulo, por lo que el agredido tuvo que acudir al hospital Sierrallana adonde regresó por los dolores que sufría. Estos hechos fueron presenciados por uno de los hijos menores de la pareja.

Por estos hechos la acusada fue condenada, y tanto ella, como el Ministerio Fiscal, recurrieron la sentencia, la primera, al considerar que se debió poner en tela de juicio la declaración de su ex pareja dado que pudo haber motivos espurios toda vez que había un divorcio en medio.

El tribunal de apelación ha desestimado dicho recurso al considerar que existen varias pruebas de cargo, entre ellas, el hecho de que la víctima realizara tres declaraciones idénticas a lo largo del procedimiento, así como la existencia de los partes hospitalarios que corroboran las lesiones sufridas por el agredido.

Por su parte el Ministerio Fiscal solicitó que se elevara la pena impuesta al considerar que los hechos imputados a la acusada tienen la agravante de haber acontecido en el domicilio común en presencia de hijos menores, por lo que la pena mínima serían ocho meses.

El tribunal estima en parte el recurso del Ministerio Público y eleva la pena de prisión aunque a siete meses y quince días, e impone también a la acusada el pago de la mitad de las costas de la alzada.