MADRID 18 Jul. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social asegura que los informes para la integración que necesitan los inmigrantes para completar diversos trámites administrativos se seguirán realizando como hasta ahora en las comunidades autónomas, que son quienes tienen la competencia en la materia y que pueden fijar sus propios criterios, conforme establece la Ley de Extranjería.
Fuentes consultadas por Europa Press en este departamento explican que la instrucción dictada por la Secretaría General de Inmigración y Emigración que deroga una normativa previa sobre este asunto "únicamente" deja sin contenido una serie de "criterios generales" que no estaban funcionando como era de esperar.
En concreto, señalan que mientras unas comunidades autónomas consideraban que con la instrucción ahora derogada el Gobierno entraba en demasiados detalles sobre la elaboración de los informes, otras opinaban que se quedaba en generalidades y al final, cada una obraba en consecuencia.
Las mismas fuentes inciden en que la instrucción derogatoria "no sustituye en ningún modo" la competencia de las comunidades autónomas en la elaboración de los informes de integración que establece la Ley de Extranjería y "de ninguna manera" elimina este trámite burocrático, que seguirá siendo necesario para los inmigrantes que deseen renovar sus autorizaciones temporales de residencia.
La instrucción, a la que tuvo acceso Europa Press, argumenta que tras realizar una "valoración" de los resultados de la normativa que ahora se deroga, se ha llegado a la conclusión de que "no ha contribuido a los objetivos de clarificación y homogeneidad en la aplicación de la figura jurídica a que se refiere".
"Esta Secretaría General ha iniciado una labor tendente a la búsqueda de mecanismos que contribuyan con mayor eficacia al alcance de dichos objetivos", explica el texto, que, mientras tanto, deroga las instrucciones en las que hasta ahora se apoyaban las administraciones para elaborar los citados informes de integración.
Esa norma, dictada en diciembre de 2011, es la que clarifica, por ejemplo, que los informes de integración sólo sean exigibles para renovar las autorizaciones de residencia no lucrativa, residencia temporal por reagrupación familiar, residencia temporal y trabajo por cuenta ajena y residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
También concreta que el informe de esfuerzo de integración "no tendrá en ningún caso naturaleza de requisito exigible" para renovar las autorizaciones y que su presentación "no será preceptiva", aunque servirá para completar la solicitud del inmigrante si no puede acreditar otros requisitos, como que cuenta con recursos económicos suficientes para atender a su familia, en el caso de las reagrupaciones.