Actualizado 13/08/2009 18:40

Más de 110.000 inmigrantes regularizaron su situación en España por razones de arraigo desde 2006

Los bolivianos y los marroquíes, las comunidades con más autorizaciones de residencia por esta vía

MADRID, 13 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Ministerio de Trabajo e Inmigración regularizó a un total de 110.886 extranjeros 'sin papeles' entre 2006 y marzo de 2009 mediante la vía del arraigo, una figura de carácter excepcional contemplada en el Reglamento de Extranjería que permite acceder a un permiso inicial de residencia a los inmigrantes que acrediten una serie de requisitos, como la permanencia continuada en España, un el contrato de trabajo o la existencia de vínculos familiares.

Según datos oficiales recogidos por Europa Press, las regularizaciones por la vía del arraigo se han ido incrementando de forma continuada durante los últimos cuatro años. Así, en 2006 fueron 7.244 los permisos iniciales de residencia concedidos por este supuesto, frente a los 28.193 que se reconocieron un año después.

A lo largo de 2008 el Gobierno autorizó 62.294 regularizaciones por arraigo y entre enero y marzo de este año han sido 13.155 los permisos concedidos a extranjeros que cumplían las exigencias de permanencia, relaciones laborales y vínculos sociales en España.

LOS BOLIVIANOS, LA COMUNIDAD CON MÁS ARRAIGOS

Entre las nacionalidades donde se han registrado las cifras más altas de regularización por arraigo destacan los bolivianos, con un total de 19.555 permisos iniciales de residencia concedidos. El mayor número de autorizaciones se emitió en 2008, cuando fueron 13.405 las personas regularizadas, frente a las 2.704 registradas un año antes.

La siguiente comunidad más numerosa en autorizaciones por arraigo es la marroquí: 18.438 personas han recibido el permiso de residencia inicial desde el año 2006. El pico más alto también se registró en 2008, cuando fueron 10.415 los nacionales de Marruecos que accedieron al arraigo.

Por detrás de los bolivianos y los marroquíes están los ecuatorianos, con 9.936 regularizaciones por arraigo; los argentinos, que alcanzaron las 6.631; los colombianos, con 5.496 y los brasileños con un total de 4.022 permisos iniciales de residencia concedidos por esta vía, conforme los datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración facilitados en una pregunta parlamentaria al Grupo Popular.

EL PP CRITICA EL SISTEMA Y CORBACHO LO DEFIENDE

La formación ha registrado una enmienda a la totalidad del proyecto de reforma de la Ley de Extranjería planteado por el Gobierno, entre otros motivos, porque defienden una modificación de la figura de arraigo por entender que "premia" la permanencia irregular y continuada en España. Sin embargo, en declaraciones a Europa Press, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, incidió en que "tal como está establecido ha demostrado ser un buen sistema".

"Creo que una persona que lleva 3, 4 ó 5 años entre nosotros es un motivo más que sobrado para que esa sea una vía de regularizar su situación. Otra cosa diferente es que las condiciones que se pongan para ese arraigo sean muy exigentes para evitar que por esa vía pueda venir más gente ilegalmente, a sabiendas de que con facilidad se puede regular su situación", explicó el ministro.

En la actualidad, las figuras de arraigo contempladas por el Reglamento de la Ley de Extranjería son dos: el arraigo laboral y el arraigo social. En el primer caso, el inmigrante necesita acreditar que ha estado en España de forma continuada durante un período mínimo de dos años, que no tiene antecedentes penales ni en éste ni en otro país y que mantiene relaciones laborales desde al menos un año antes de la solicitud.

Para el arraigo social, sin embargo, los extranjeros tendrán que probar que llevan al menos tres años residiendo en España, que no tienen antecedentes penales y que cuentan con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario en el momento de la solicitud cuya duración no sea inferior a un año. Además, tienen que probar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe que respalde su inserción social emitido por el ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.