Publicado 18/06/2015 08:28

El Congreso aprobará hoy las bodas ante notario o secretario judicial a partir del verano del 2017

La Ley de Jurisdicción Voluntaria eleva de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio

MADRID, 18 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Congreso de los Diputados aprobará este jueves de forma definitiva la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria que incluye el aplazamiento hasta julio de 2017 de la capacidad para celebrar matrimonios y divorcios de mutuo acuerdo que esta norma concede a los notarios y a los secretarios judiciales.

Por tanto, dentro de dos años, el matrimonio se podrá celebrar, a elección de los contrayentes, ante el juez del registro civil o los jueces de paz; el alcalde del municipio o concejales delegados del municipio donde se celebre el matrimonio y, ahora como novedad, también se concederá esta función "al secretario judicial o notario libremente elegido por ambos contrayentes".

El proyecto de ley fue modificado por el grupo del PP en el Senado para incluir este aplazamiento. De este modo se paraliza otra de las medidas anunciada por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón en 2013, relativa a los matrimonios ante notario, que en términos generales suscita el desacuerdo de la oposición por el hecho de que el ciudadano deba abonar este servicio, frente a la gratuidad del ofrecido por el resto de operadores jurídicos previstos por la Ley.

El retraso de las bodas celebradas por notarios y secretarios judiciales viene provocado por el diseño del nuevo Registro Civil cuya gestión, por iniciativa de Gallardón, iba a quedar en manos de los registradores mercantiles y de la propiedad hasta que las dificultades para implementar el proyecto y el rechazo de partidos de la oposición, sindicatos y trabajadores del sector obligaron a que se guardara en un cajón.

ELEVACIÓN EDAD PARA CASARSE

La norma eleva, además, de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio, de acuerdo con la propuesta realizada por los Ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. De esta forma, se equiparan en la legislación española la edad de consentimiento sexual, fijada en 16 en la última reforma del Código Penal, con la de contraer matrimonio.

La Ley de Jurisdicción Voluntaria reformada amplía a los secretarios judiciales otras atribuciones conferidas en un inicio a notarios y registradores de la propiedad. Por ejemplo, se ocuparán de autorizar a reclamar créditos vencidos que formen parte de un usufructo y de los expedientes de deslinde de fincas que no estén inscritas en el registro de la propiedad. También dependerán de ellos las subastas electrónicas.

El Proyecto de Ley aprobado por el Gobierno ya les capacitaba para nombrar defensores judiciales, declararán ausencias y fallecimientos, actos de conciliación y nombrarán al administrador, liquidador o interventor de entidades. Intervendrán también en otros actos como la renuncia o prórroga del cargo de albacea, la designación de éste y la aprobación de la partición de la herencia.

El texto deja en manos de los jueces los expedientes en materia de familia, derechos de menores, donaciones de órganos y algunos en materia de derecho sucesorio y mercantil. Se contempla la autorización judicial en el reconocimiento de la filiación no matrimonial o en la donación de órganos de donantes vivos, donde el juez debe comprobar que se realiza voluntariamente sin ningún tipo de coacción.

Los jueces darán la dispensa para contraer matrimonio cuando haya un impedimento por parentesco, determinarán la patria potestad y resolverán los desacuerdos conyugales en la administración de bienes gananciales.

Este proyecto de ley distingue así entre los expedientes tramitados en un juzgado por el magistrado o secretario judicial y aquellos expedientes que quedan en manos de notarios y registradores. Además, permite que muchos se hagan sin la presencia de abogado y procurador en sede judicial.

La norma establece que el fiscal deberá intervenir en los asuntos de menores, personas con capacidad judicialmente modificada y cuando lo justifique el interés público. Los beneficiarios de la justicia gratuita contarán con una bonificación del 80 por ciento en estos expedientes notariales y registrales.