SEVILLA, 23 Feb. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Gobierno ha iniciado este martes la tramitación del anteproyecto de ley de Coordinación de las Policías Locales de Andalucía, que obliga a todos los municipios con una población igual o superior a los 5.000 habitantes a contar con plantillas mínimas de cinco agentes de policías locales.
En la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno, el consejero de Justicia e Interior, Emilio de Llera, ha explicado que la futura ley sustituirá a la norma vigente desde 2001, para adecuar la regulación al protagonismo alcanzado por estos cuerpos en el mantenimiento de la seguridad ciudadana durante los últimos años. Actualmente, el colectivo está integrado por más de 12.000 agentes en 529 municipios de la comunidad autónoma.
El texto, que inicia ahora el trámite de información pública, establece que todos los municipios con población igual o superior a 5.000 habitantes deberán contar con una plantilla mínima de cinco agentes de policía local. El resto de las localidades podrán disponer de estos efectivos previa autorización de la Junta, o bien atribuir las funciones a los denominados vigilantes municipales.
El consejero ha señalado que son muy pocos los municipios de 5.000 o más habitantes que en este momento no cuentan agentes de policía local, de manera que esa labor es realizada por los "vigilantes municipales", que acaban convirtiéndose al final en "policías baratos".
"Eso no puede ser y queremos dignificar la función de la policía local", ha señalado el consejero, quien ha indicado que el coste de la creación del cuerpo de policía local con un mínimo de cinco agentes correrá a cargo del municipio, sin que vayan a contar con financiación de la Junta. "Tendrán que enfrentarse a una realidad, la necesidad de contar con verdaderos agentes de policía local", ha apuntado.
La nueva norma --que no supondrá gasto añadido ni modificación presupuestaria en las cuentas de la comunidad-- consolidará el modelo de policía de proximidad a la ciudadanía, de especial interés para afrontar situaciones de gran sensibilidad social como la violencia de género o la discriminación contra la mujer, según el consejero.
También reforzará las medidas de promoción profesional para aumentar la presencia femenina, cuya ratio de tan sólo el 6 por ciento se sitúa hoy por debajo de las de la Policía Nacional, la Guardia Civil o el Ejército, así como para evitar la excesiva concentración de las agentes en tareas administrativas.
En relación con las funciones, el anteproyecto abre la posibilidad de que la actuación de los cuerpos de policía local trascienda de su ámbito municipal en situaciones de emergencia y para la prestación de servicios conjuntos. Asimismo, permite la firma de convenios de colaboración entre ayuntamientos para refuerzos de plantillas y el desempeño de funciones de protección de las autoridades.
Respecto a los procedimientos de selección, se recoge como novedad que no podrán formar parte de los tribunales calificadores el personal de elección o designación política, el funcionario interino ni el eventual. Asimismo, la jefatura la ostentará preferentemente un miembro de los cuerpos de la policía local de Andalucía.
Con carácter general, la edad del paso a la segunda actividad se aumenta en un año para cada escala y se especifica que se desarrollará preferentemente en la propia plantilla del cuerpo (frente a la actual prioridad referida a "otras plazas del área de seguridad").
El anteproyecto también incluye entre las causas de paso a la segunda actividad el riesgo durante la lactancia natural y permite a las mujeres policías participar en procedimientos de movilidad o promoción mientras están en esa situación, a fin de no limitar sus posibilidades de promoción.
NUEVO RÉGIMEN DE FORMACIÓN
La futura ley incorporará un nuevo régimen de formación dirigido a favorecer la carrera profesional de los policías y a hacer frente a los nuevos retos de la seguridad ciudadana. La Escuela de Seguridad Pública de Andalucía será la responsable de diseñar, homogeneizar e impartir los cursos de ingreso y capacitación, que prestarán especial atención a temas como la igualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra la violencia de género.
El anteproyecto identifica cuáles son los centros de formación policial de la comunidad, así como las normas de su acreditación y las actividades que pueden impartir. Asimismo, a los alumnos del curso selectivo de ingreso se les considera funcionarios en prácticas.
En relación con los vigilantes municipales, a los que se reconoce como agentes de la autoridad, se especifica que los municipios que creen un nuevo cuerpo de policía local podrán llevar a cabo, por una sola vez, el procedimiento selectivo de concurso-oposición, mediante promoción interna, para el acceso de este personal a la categoría de policía local.
Preguntado sobre si la Junta regulará las retribuciones de los policías locales para que haya una homogeneidad en Andalucía, el consejero ha señalado que esa es una competencia municipal y que corresponde a cada ayuntamiento la regulación de ese asunto.
El texto que ahora inicia su tramitación es fruto del trabajo de la Comisión de Coordinación de las Policías Locales, integrada por representantes de la Consejería de Justicia e Interior, la Federación Andaluza de Municipios y Provincias, los sindicatos policiales y la Asociación de Jefes y Directivos de las Policías Locales de Andalucía. La elaboración del anteproyecto también ha contado con la participación de otros organismos sindicales y con el colectivo de vigilantes municipales.