Bizkaia reforzará el control de los animales en pruebas deportivas

Actualizado: miércoles, 31 agosto 2016 17:02

BILBAO 31 Ago. (EUROPA PRESS) -

La Diputación de Bizkaia ha aprobado una nueva norma para reforzar el control y la protección de los animales que participan en pruebas deportivas. Según han informado la institución foral, el decreto establece controles en materia de sanidad e identificación animal, así como los destinados a evitar el maltrato y el dopaje en los animales que intervengan en pruebas deportivas.

La norma es de aplicación para las pruebas de deporte rural reconocidas por la federación vizcaína de juegos y deportes vascos, incluyendo el arrastre de piedra con bueyes, caballos u otros bóvidos o équidos.

Según establece, se considerará dopaje el suministro a los animales que intervengan en espectáculos permitidos de anestesias, drogas, u otros productos con el fin de conseguir su docilidad, mayor rendimiento físico o cualquier otro fin contrario a su comportamiento natural.

Entre otras medidas novedosas, el decreto contempla la creación de un registro específico de explotaciones de deporte rural con animales que identifique y cense a los animales deportivos, diferenciándolos de las explotaciones de producción y facilitando así el control e identificación de los mismos.

Asimismo, y para garantizar la seguridad de la cadena alimentaria, los animales que quieran destinarse a consumo humano no deberán haber participado en pruebas de deporte en los últimos 6 meses.

La norma define y refuerza el control veterinario con el establecimiento de controles o reconocimientos previos, la supervisión del espectáculo, y los controles antidopajes posteriores al espectáculo a través de un procedimiento de toma de muestras.

También se concretan las funciones del juez de cancha de la federación para que la prueba deportiva se desarrolle sin poner en riesgo la salud de los animales y sin que se les inflija castigo innecesario, dando al juez autoridad para sancionar y retirar carreteros por mal manejo de los animales o, en su caso, parar la prueba.

Para prevenir el dopaje y garantizar el bienestar de los animales que intervienen en pruebas deportivas, se ha endurecido el régimen sancionador. Así, en el caso de que los controles detectasen la presencia de sustancias dopantes, el Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural iniciaría un expediente sancionador y prohibiría la participación de todos los animales de la explotación a la que perteneciese el animal en la fecha de la toma de muestras, como medida cautelar para evitar nuevos casos de maltrato y preservar la salud de los animales.

Asimismo, notificaría al titular del animal el resultado positivo del análisis, así como la posibilidad de solicitar un contra-análisis en un plazo de 15 días.

El uso y aplicación de drogas en los animales será considerado infracción muy grave y, en el caso de sanción, podría acordarse la clausura temporal de la explotación hasta un máximo de cuatro años. Esta clausura conllevaría la prohibición de que los animales incluidos en la explotación fueran presentados en pruebas deportivas. Además, esta sanción sería compatible con la exigencia a las personas sancionadas de la indemnización de daños y perjuicios derivados del coste de las pruebas antidopaje.