Fue condenado a un año y tres meses de prisión por torturar a dos cachorros en la capital pacense, de los que uno de ellos falleció
BADAJOZ, 13 Sep. (EUROPA PRESS) -
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz ha desestimado el recurso de apelación presentado por el condenado por torturar a dos cachorros en la capital pacense, uno de ellos hasta la muerte, Nicolás Buiga Bueno, y ha confirmado "íntegramente" la sentencia que se le impuso en primera instancia.
Cabe recordar que Nicolás Buiga Bueno fue condenado, este pasado mes de mayo, por el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz como "autor penalmente responsable de un delito de maltrato de animal doméstico", a un año y tres meses de prisión, así como a la inhabilitación especial para ejercer una profesión, oficio o comercio con animales durante cuatro años y tres meses.
El ya condenado, Nicolás Buiga Bueno, presentó un recurso de apelación contra esta sentencia, que ahora ha confirmado la Audiencia Provincial de Badajoz, y que considera que "no existen datos que permitan establecer la inimputabilidad del recurrente", y por tanto "no cabe que tenga acogida el motivo del recurso".
En la nueva sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Badajoz considera además que la pena impuesta en primera instancia contra este individuo "respeta escrupulosamente el principio de legalidad y se encuentra suficientemente motivada su concreción".
Añade que la titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz, durante el proceso judicial, tuvo la oportunidad de valorar las declaraciones de los testigos y del propio acusado, y su valoración fue "no sólo correcta, sino ajustada a las reglas de la lógica, amén de razonable", por tanto rechaza sustituir estos criterios "por los meramente subjetivos de la parte recurrente".
Por otra parte, la sentencia también rechaza otro de los motivos de apelación, ya que el condenado entendía que no procede la indemnización a la Asociación de Defensa de los Animales Abandonados de Badajoz (Adana), ya que no era propietaria de los cachorros torturados.
Cabe destacar que la sentencia en primera instancia condenaba a Nicolás Buiga a abonar 3.285,20 euros a Adana en concepto de "responsabilidad civil" por las facturas de la clínica veterinaria que atendió a los cachorros, y que ahora la Audiencia Provincial confirma al considerar que si esta asociación "hizo frente al pago de facturas derivadas del maltrato animal objeto de condena, ha de entenderse que del delito cometido se han observado determinados daños y perjuicios que deben ser indemnizados".
Finalmente, la Audiencia Provincial de Badajoz concluye asegurando que contra esta sentencia "no cabe ulterior recurso, salvo el de aclaración".
ANTECEDENTES DEL CASO
Cabe recordar que Nicolás Buiga Bueno fue juzgado el pasado 19 de abril en Badajoz, acusado de torturar y abandonar en un contenedor a dos cachorros en Badajoz en octubre de 2009, de los que uno de ellos falleció y el otro, llamado 'Fito' sobrevive con secuelas físicas y psicológicas. La acusación, en la que se personaron las asociaciones Adana, Justicia Animal y la Junta de Extremadura, pedía dos años y medio de prisión y su inhabilitación para tener animales, y la Fiscalía solicitaba 10 meses de prisión.
Tras el juicio en el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz, la sentencia que fue recurrida por el condenado consideraba que los hechos declarados probados "son legalmente constitutivos de un delito continuado de maltrato a animales domésticos" del artículo 337 del Código Penal, en su redacción anterior a la reforma de 2010.
Considera la sentencia que se dictó en primera instancia que en este caso, el acusado realizó estos hechos "con intención de causarles daño, "sin justificación alguna, con crueldad y ensañamiento, maltrató y mutiló" a los cachorros "causándoles graves lesiones", por lo que en este sentido, la jueza comparte el criterio de la acusación, no se trata de "dos delitos del artículo 337 del Código Penal" sino un "delito continuado del artículo 74,1" de este mismo código.
Un delito del que, señalaba la sentencia del Juzgado de lo Penal, "es penalmente responsable en concepto de autor el acusado Nicolás Buiga Bueno, por haber ejecutado de modo material, voluntario y directo los hechos enjuiciados".
Además, la jueza explicaba que el acusado, en sus primeras declaraciones ante la Guardia Civil y ante el Juzgado de Guardia tras ser detenido, "reconoce los hechos imputados", sin embargo, en el juicio oral celebrado el 19 de abril "se retracta" y "niega cualquier maltrato a cualquier animal", un cambio que la magistrada achaca a "una estrategia de defensa".
Finalmente, el Juzgado de lo Penal número 2 de Badajoz condenó a Nicolás Buiga como "autor penalmente responsable de un delito de maltrato de animal doméstico", a un año y tres meses de prisión, así como a la inhabilitación especial para ejercer una profesión, oficio o comercio con animales durante cuatro años y tres meses. Sentencia que ahora ha sido confirmada por la Audiencia Provincial.